Tres años de prisión efectiva para el hombre que baleó al titular de la reciclera en Eduardo Castex

Un tribunal de La Pampa convalidó un procedimiento abreviado y sentenció a Juan José Andreis por el ataque con un revólver contra Hugo Orlando Bello, registrado en abril de 2026.
Mediante un acuerdo de juicio abreviado homologado por la Justicia pampeana, Juan José Andreis recibió una condena de tres años de prisión efectiva. El fallo lo determinó autor penalmente responsable de disparar contra Hugo Orlando Bello, quien se desempeña como presidente de la cooperativa de reciclaje de Eduardo Castex.
El suceso investigado tuvo lugar el 13 de abril de 2026, cerca de las 8:20, dentro del galpón perteneciente a la entidad de reciclaje. La pesquisa estuvo a cargo del fiscal Oscar Alfredo Cazenave, quien acreditó que Andreis arribó al predio en el instante en que Bello se hallaba en compañía de dos empleadas del lugar.
De acuerdo con la reconstrucción judicial, tras una discusión verbal, el agresor sacó un revólver calibre .32 Largo de la marca Doberman y le gatilló a la víctima, aunque el disparo inicial no se produjo. Ante esta situación, Bello corrió hacia el exterior del predio para huir, momento en el cual el atacante le efectuó un tiro en la zona lumbar.
Durante la consiguiente persecución, el imputado disparó al menos en otras tres oportunidades sin lograr impactar al damnificado. La agresión concluyó cuando el titular de la cooperativa pidió ayuda a un transeúnte que pasaba por las inmediaciones, lo que motivó que Andreis abortara el ataque y abandonara la escena.
Los exámenes practicados por el médico forense constataron que el damnificado presentaba una herida de entrada en el tórax posterior, con el proyectil quedado en el brazo izquierdo. Dicha lesión fue caratulada legalmente como de carácter leve.
Calificación legal y medidas accesorias
El tribunal tipificó la conducta de Andreis como autor material del delito de lesiones leves calificadas por el empleo de arma de fuego, en concurso real con portación ilegítima de arma de fuego de uso civil sin la habilitación legal correspondiente.
El procedimiento abreviado contó con la aceptación formal del acusado y la participación de sus defensores particulares, Nicolás Javier Espínola y Seila Daniela Domínguez Ardohain.
- Pena principal: Tres años de cumplimiento efectivo y cargo de las costas procesales.
- Destino del material secuestrado: Decomiso del revólver empleado y de la bala extraída al damnificado, con su posterior derivación al Registro Nacional de Armas (RENAR) para su destrucción.
- Derechos de la víctima: Notificación previa obligatoria a Bello ante cualquier solicitud de beneficios carcelarios (salidas transitorias, prisión domiciliaria o libertad condicional) una vez que el expediente pase al Juzgado de Ejecución.

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