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La Pampa mantiene "las actuales normas de actividades y circulación"

29 Marzo 2021
El Gobernador Sergio Ziliotto. Archivo
La actual situación sanitaria de la provincia no entra dentro de los parámetros de riesgo establecidos en el artículo 4 del DNU 167/2021, que se recomienda tomar como referencia. 
 
La Pampa no tomaría ninguna medida restrictiva ante la inminente segunda ola de contagio que mantiene en alerta a las autoridades nacionales.
 
Sucede que la situación sanitaria de la provincia no entra dentro de los parámetros de riesgo establecidos en el artículo 4 del DNU 167/2021, que se recomiendan tomar como referencia.
 
Hoy por la mañana hubo una breve reunión entre el gobernador Sergio Ziliotto y el ministro de Salud de la provincia, Mario Kohan, publicó hoy El Diario de La Pampa.
 
Durante la conferencia de prensa de anoche, la ministra de Salud de Nación, Carla Vizzotti, explicó que se le recomendó a los gobiernos provinciales tomar como referencia dos parámetros de riesgo que aparecen en el artículo 4 del DNU 167/2021, que prorroga la emergencia sanitaria.
 
Así, cada gobernador tiene la potestad de aplicar la restricción nocturna que considere necesaria, es decir, durante cuántas horas se restringe la circulación.
 
Respecto a los parámetros, cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20, y cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150, las autoridades provinciales quedarán habilitadas para tomar medidas restrictivas por la noche.
 
Actividades y circulación
 
Luego de la publicación de este diario, el Gobierno Provincial emitió un comunicado de prensa en el que dio a conocer -oficialmente- que mantiene "las actuales normas de actividades y circulación".
 
"Ante las medidas anunciadas por el Gobierno Nacional para enfrentar la segunda ola de COVID-19, el Gobierno de La Pampa informa que, mientras se mantenga el estatus sanitario actual, en el territorio provincial continuarán vigentes las disposiciones que establecen los modos y horarios de funcionamiento de las distintas actividades y la circulación de las personas", destacó el escrito.
 
"La medida se tomó habida cuenta de que La Pampa no se encuentra comprendida entre los 45 distritos 'de riesgo' de 13 provincias, a las que se les sugiere adoptar medidas para limitar la circulación y las actividades comerciales en horario nocturno", añade.
 
Y apunta: "asimismo se tuvo en cuenta que, si bien la provincia de La Pampa ha acompañado todas las medidas y sugerencias dispuestas por el Gobierno Nacional, la situación epidemiológica de la provincia al día de hoy no amerita que se adopten las mismas decisiones que se sugiere a los distritos donde el status sanitario por el COVID es más complejo".
 
Luego aclara que "la continuidad de las normas de las distintas actividades y la circulación de las personas se sustenta, en la no saturación actual de los servicios de terapia intensiva, tanto del sistema público de salud, como del sector privado".
 
"El Gobierno Provincial ratifica la necesidad de continuar respetando los protocolos en todas las actividades, tanto económicas como sociales y, solicita una vez más a la sociedad, máxima responsabilidad social para evitar la propagación del virus", recomienda.
 
"Una vez más se insta a toda la población a mantener una convivencia inteligente, que permita mantener las actividades económicas en funcionamiento, mientras se cuida la salud y la vida de pampeanas y pampeanos", subraya.
 
Actualmente, las medidas restrictivas de La Pampa son las siguientes:
 
- Los restaurantes y locales de gastronomía en general con y sin atención al público y bares en general, así como los eventos públicos y privados habilitados y salas de juego, podrán desarrollar su actividad desde las 07:00 horas hasta las 02:00 horas del día siguiente (con tolerancia de media (1/2) hora de atención de clientes y retiro de personas del lugar) UNICAMENTE los días viernes, sábados y vísperas de feriado, cumpliendo los Protocolos oportunamente aprobados para cada actividad.
 
- Las REUNIONES FAMILIARES Y SOCIALES en el ámbito de la Provincia de La Pampa, están permitidas desde las 07:00 horas hasta las 02:00 horas del día siguiente, UNICAMENTE los días viernes, sábados y vísperas de feriado, y con hasta un máximo de 10 personas.
 
- PROHIBASE, en el marco del artículo 4º párrafo primero del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 67/21, la CIRCULACION DE LAS PERSONAS por fuera del límite de la localidad en que residan, y dentro de la misma localidad, en el horario comprendido entre las 03:00 horas y las 06:30 horas, con excepción de aquellas personas afectadas a la prestación de servicios esenciales del Estado (salud, seguridad, entre otros). La presente medida tendrá vigencia UNICAMENTE los días sábados, domingos y feriados.

 

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