La defensora Ana Carolina Díaz, integrante de la Defensoría Pública, anunció que ya está apelado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el fallo que declaró constitucional la caza del jabalí con jauría en La Pampa. Se quejó de la sentencia del STJ a la que calificó como política y no judicial. "Claramente no era lo que esperaba este fallo, el caso en concreto sobre decidir si salir a cazar con perros se ajusta a los estándares constitucionales no se decidió, lo que hizo el Tribunal fue dictar una respuesta política, no una respuesta judicial", afirmó.
Como se informó, el STJ le dio la razón a la Provincia y declaró que es constitucional el decreto que reglamenta la caza con jauría del jabalí en La Pampa. Los jueces hicieron lugar al recurso interpuesto por la Provincia de La Pampa y rechazaron la acción de amparo entablada por la defensora Ana Carolina Díaz, que había logrado que la Cámara Civil declarara la inconstitucionalidad del decreto que reglamentaba la actividad.
Díaz criticó el fallo del STJ. "Ellos tenían que hacer un control de constitucionalidad, significa si salir a cazar con perros es contra la constitución, y eso no lo analizaron, no tocaron la constitución, es decir no tenemos sentencia. Eso en el campo jurídico lo conocemos como una sentencia arbitraria", aseguró.
Explicó que "la decisión política que ellos dieron se basan en dos o tres argumentos, uno que es un tema que tiene que debatirse en el poder legislativo, pero eso no quiere decir que el poder judicial no tenga la obligación de controlar el contenido de las leyes para que no se viole la constitución". "Buscaron cualquier respuesta alternativa, no dijeron si la modalidad de caza respeta el principio pro natura, o sí respeta la ley general de ambiente, respeta el artículo 240 del Código Civil, sobre eso no se expresaron. Dijeron que la reglamentación no viola la ley de caza, sino que se adecua", completó.
Adelantó que apelaron a la Corte. "Ya presentamos un recurso. Ellos dan un plazo a la provincia para que contesten lo que ya planteó y en función de eso el STJ dice si es admisible o no, es decir si cumple todos los recursos para llegar a la Corte o no, sino tengo la oportunidad de presentar un recurso de queja acusando de que el STJ no me deja llegar a la Corte", dijo.
Mientras se debate la constitucionalidad de la norma, la caza del jabalí con jauría está habilitada en La Pampa.
En el fallo el STJ, Eduardo Fernández Mendía y José Sappa no se metieron con la cuestión del maltrato animal, sino que analizaron si el decreto que reglamenta la caza con jauría es constitucional y concluyeron que sí porque la ley habilita esa modalidad de caza. "Revocar la declaración de inconstitucionalidad del Decreto N° 2218/94 –reglamentario de la Ley N° 1194– y demás disposiciones dictadas en su consecuencia y que se encuentran vigentes", indicó el STJ.
Fundamentaron la decisión en que la discusión sobre la inconstitucionalidad de la modalidad de caza con jauría "no puede darse en este ámbito judicial, pues tal labor le pertenece al Poder Legislativo". "Resulta así, el recinto parlamentario el espacio pertinente para discutir de manera amplia e integral la mentada cuestión a través de los sujetos legitimados al efecto. Esta es la solución que impone el principio de separación de poderes y el necesario respeto por parte de los tribunales de los límites constitucionales y legales que su competencia les impone", aseguraron.
La defensora Ana Carolina Díaz había logrado que la Cámara Civil declarara la inconstitucionalidad del artículo 26 del decreto reglamentario de la ley 1194 que habilita la caza deportiva con jauría por resultar contraria a la ley 14136 que prohíbe el maltrato animal. El decreto cuestionado dice que "el tránsito con jaurías de caza se efectuará en vehículos con caja cerrada en laterales y techo, o bien en jaulas de tal manera que no puedan salir de los rodados sin ayuda externa. Los canes estarán embozalados".