Con las pruebas recolectadas durante la investigación fiscal preparatoria –entre ellas un test de alcoholemia– quedó probado que el 11 de septiembre del año pasado, a las cinco de la madrugada, Pereyra –“que circulaba alcoholizado”, según dice textualmente el fallo– conducía una moto de 110cc. y colisionó a la menor en la avenida Palacios, “dejándola tirada en el lugar y continuando su recorrido”; siendo detenido a unos 300 metros en un operativo policial que estaba montado en Palacios y Niotti. Como consecuencia de la colisión, la víctima sufrió lesiones de carácter leves.
El abreviado fue convenido entre el fiscal Oscar Cazenave, la defensora oficial Silvina Blanco Gómez y el imputado, un changarín de 22 años. El acuerdo contó con el consentimiento de la madre de la menor. A Pereyra, además, se le impusieron como reglas de conducta, durante dos años, las obligaciones de fijar domicilio y concurrir entre el 1 y el 10 de cada mes a la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal.-
“Más allá del reconocimiento realizado por el imputado, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que los hechos se encuentran debidamente probados habida cuenta de la profusa prueba reunida –señaló Casagrande Lorences–. Een particular tengo presente el informe médico que acredita las lesiones padecidas por la adolescente y su declaración, que analizada con las fotografías del vehículo en que se conducía el imputado, obtenidas por la División de Criminalística, permiten establecer el modo en que Pereyra la embistió”.