Por medio de la Resolución N° 1337/2017, el Intendente Municipal, Ing Leandro Altolaguirre, promulgó la Ordenanza N° 5748/17 sancionada el pasado 19 de octubre por el Concejo Deliberante, donde se establece lo siguiente:
Artículo 1°: “Declárese la Emergencia Sanitaria en la ciudad de Santa Rosa, comprendiendo el sistema de agua potable, desagües cloacales, pluviales y disposición de las aguas de lluvia y freáticas, con el objeto de proporcionar celeridad y ejecutividad a los procedimientos administrativos necesarios para implementar las medidas pertinentes a fin de resguardar la salud de la población”.
Artículo 2°: “Autorizase al Departamento Ejecutivo a la adquisición de bienes de capital, bienes de consumo, servicios y a contratar las obras necesarias y que correspondan con el fin de moderar y/o resolver la situación de emergencia sanitaria declarada en el Artículo 1º, en los términos del Artículo 34° inciso c), sub inciso 1 de la Ley Prov. N° 3 de Contabilidad y el Artículo 9°, Inciso c) de la Ley Prov N° 38 de Obras Públicas”.
Artículo 3°: “El Departamento Ejecutivo deberá remitir al Concejo Deliberante rendiciones adicionales, informando los bienes de capital y de servicios, contratados durante la emergencia del sistema de aguas y cloacas de la Ciudad”
Artículo 4°: “La emergencia sanitaria declarada en el Artículo 1° tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, pudiendo las contrataciones formalizadas hasta esa fecha prever plazos de cumplimiento superiores a la misma.
Artículo 5°: “Los convenios firmados en el marco de la Ordenanza 5322/15 y sus modificatorias mantienen su vigencia”.
Artículo 6°: “Deróganse las Ordenanzas N° 5322/15, 5482/16 y 5589/17.