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Condenado por robo, le unifican penas a mas de 6 años de prisión

El juez de control, Carlos María Chapalcaz, condenó hoy a Franco Emanuel Montenegro, a la pena de cinco meses de prisión de efectivo cumplimiento, con expresa declaración de reincidencia, por resultar autor material y penalmente responsable del delito de robo simple. Además le revocó la condicionalidad de una sanción anterior y le unificó ambas penas en una única a seis años y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo.
 
La resolución de Chapalcaz fue firmada a partir de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Facundo Bon Dergham, la defensora oficial Silvina Blanco Gómez y el propio imputado, un desocupado de 23 años, quien admitió su culpabilidad y  permanece en prisión preventiva desde que fue denunciado el 8 de mayo pasado. La víctima, al ser notificada del acuerdo, no dio su consentimiento, aunque esa negativa no es vinculante.
 
Con las pruebas reunidas en el expediente, el juez dio por probado que  el 8 de mayo, a la madrugada, Montenegro, después de forzar la puerta principal de una vivienda de la calle  Alfredo Bravo, en Santa Rosa, sustrajo un televisor LCD de 32 pulgadas. Explicó que para ello tuvo en cuenta, como pruebas independientes a la confesión del acusado, el relato de una testigo que vio el hecho, la rueda de reconocimiento y el resultado del allanamiento efectuado en el domicilio de Montenegro, en el barrio Fonavi 25.
 
 
El 16 de abril de 2013 el imputado había sido condenado, por el entonces juez de audiencia Eduardo Olmos a seis años de prisión por los delitos de robo calificado por el uso de armas y en poblado y en banda en grado de tentativa, en concurso real con el delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal. Se trató de otro juicio abreviado que involucró a otras dos personas que también fueron condenadas. Esa pena agotará el 7 de marzo de 2019.
 
El 21 de marzo de este año, Montenegro recibió el beneficio de la libertad condicional, haciéndole saber en ese momento que debía cumplir con las siguientes condiciones: residir en su domicilio, no cometer nuevos delitos, abstenerse de abusar del consumo de alcohol y de cualquier otra sustancia psicoactiva ilegal,  realizar una actividad laboral, someterse al contralor de la Unidad de Abordaje, y efectuar un tratamiento psicoterapeútico.
 
Ante el nuevo hecho delictivo, las partes convinieron unificar la pena de cinco meses con aquella a seis años en una pena única a seis años y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo, con la expresa declaración de reincidente.

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