La afirmación fue realizada por la secretaria de la Mujer, Liliana Robledo, el secretario de Derechos Humanos, Antonio Curciarello, y el subsecretario de Salud, Gustavo Vera, quienes ratificaron que cualquier mujer que se encuentre dentro de los alcances del Artículo 86 del Código Penal tiene derecho a interrumpir su embarazo, solicitando esa práctica en cualquier establecimiento médico asistencial de La Pampa.
A todas las mujeres que pretendan ejercer ese derecho se les informa que, independientemente de cualquier expresión o manifestación pública o privada de algún profesional de la Salud oponiéndose al aborto, tienen derecho de acceder, en cumplimiento de lo previsto por la legislación vigente, a la ILE, especialmente ante un caso de embarazo que implique peligro para la vida o la salud de la madre, o cuando el embarazo proviene de una violación.
El Estado debe cumplir con la Ley, pues es un derecho de la mujer, entendiéndolo como una política pública de Salud. Nuestros establecimientos médico asistenciales, independientemente de las objeciones de conciencia que algún profesional pueda presentar, deben hacer las prácticas porque así lo indica la Ley, continuó el comunicado.
Respecto a expresiones de una profesional del Hospital de Eduardo Castex, se indicó que refiere a una postura personal que nada tiene que ver con lo dispuesto por el Gobierno de la Provincia y lo que marca la Ley; brindando la seguridad que el Estado pampeano va a cumplir con el marco legal.
La opinión personal que cada uno tenga sobre la despenalización del aborto, que hoy transcurre en el ámbito Legislativo, no debe confundirse con la Interrupción Legal del Embarazo que hoy está prevista en el Código Penal. La Pampa tiene su protocolo de intervención en el área de Salud y, además, la Jurisprudencia de la Corte Suprema de la Justicia de la Nación ha admitido este tema, convirtiéndose en un derecho de la mujer. Una cosa es lo que debate la opinión pública y el parlamento y otra, es cumplir la ley, concluyó el informe.