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La Pampa judicializa el decreto de Milei y exige frenar la entrega total de las regalías de Los Nihuiles a Mendoza

La Pampa judicializa el decreto de Milei y exige frenar la entrega total de las regalías de Los Nihuiles a Mendoza

El Ejecutivo pampeano interpuso una medida cautelar ante la Justicia para frenar los artículos del Decreto 982/2026 que otorgan el 100% de los fondos a territorio mendocino. La demanda advierte sobre la violación de un pacto de 1992 homologado por la Corte Suprema.

La Provincia de La Pampa formalizó una medida cautelar autónoma contra el Estado Nacional con el objetivo de frenar los efectos del Decreto 982/2026, promulgado por el presidente Javier Milei. La acción legal, instruida por el gobernador Sergio Ziliotto, apunta a suspender de forma inmediata los artículos 3° y 4° de la normativa, los cuales anulan el histórico esquema de reparto de las regalías del complejo hidroeléctrico Los Nihuiles y transfieren la totalidad de los recursos a la vecina provincia de Mendoza.

A través de la Fiscalía de Estado, el reclamo judicial exige que se preserve provisoriamente el régimen de distribución que operaba desde hace más de cincuenta años, hasta tanto los tribunales emitan una resolución sobre la cuestión de fondo.

El peso del acuerdo de 1992

El escrito presentado por el distrito pampeano subraya que la percepción de estos fondos no se sustenta exclusivamente en el Decreto 1560/73, el cual fue derogado por la administración central. La defensa provincial se apoya en un convenio interpartes suscripto en 1992 entre el Estado Nacional, Mendoza y La Pampa, que cuenta con la homologación formal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Desde la administración de La Pampa destacaron los siguientes aspectos sobre dicho pacto:

  • Naturaleza tripartita: Al tratarse de un convenio de concertación entre tres partes, ninguna de ellas posee la facultad de alterarlo de manera unilateral.
  • Rol institucional: En aquel acuerdo, el Estado Nacional actuó como un par institucional y no como una autoridad de jerarquía superior.
  • Avasallamiento: La decisión del Ejecutivo nacional fue calificada en la demanda como un atropello a las autonomías provinciales, un golpe a la seguridad jurídica y a la buena fe, y una fuente de grave daño patrimonial para el erario pampeano.

La contradicción señalada por La Pampa

La presentación judicial pone de manifiesto una marcada incongruencia por parte del Gobierno nacional. La legitimidad del régimen de 1973 ya forma parte de un expediente en trámite ante la Corte Suprema, originado por una demanda de Mendoza. En el marco de esa causa, fue la propia administración central la que solicitó la citación de La Pampa por su calidad de parte interesada, un pedido que el máximo tribunal avaló el pasado 27 de agosto.

Sin embargo, tan solo 14 días después de aquella resolución judicial, el presidente Milei firmó el Decreto 982/2026, modificando por vía unilateral el esquema que se encuentra en plena discusión legal.

Con la ejecución de esta medida cautelar, el Gobierno pampeano busca impedir que el nuevo sistema de asignación quede firme de cara a las próximas licitaciones y concesiones del sistema hidroeléctrico, resguardando así los derechos patrimoniales provinciales y los principios del federalismo a la espera de que la Corte Suprema se pronuncie de manera definitiva.

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