¿Qué dice la provincia de La Pampa?
La mayor gravedad de la citada norma es la eliminación del certificado de inocuidad sanitaria y ambiental expedido previo al embarque por la autoridad competente del país de origen y/o procedencia y ratificado por la autoridad de aplicación del mencionado Decreto, lo que supone un claro riesgo a la salud pública y el ambiente, ya que se abren las puertas al ingreso de todo tipo de sustancias obtenidas a partir de la valoración de los residuos.
A través de este Decreto el Gobierno nacional contribuye en la solución al gran problema que se le presenta a los Estados Unidos y Europa a partir de la prohibición del Gobierno de China, a comienzos de este año, de la importación de residuos. Los Estados Unidos eran exportadores de la mitad de su basura y cobraba por ello. En el caso de Europa enviaban once millones de toneladas por año, situación que con la decisión china, les representa un grave problema.
Esta medida es inconstitucional ya que: Es una decisión unilateral del Gobierno nacional, al permitir el ingreso sin consulta previa a los gobiernos provinciales, violando así las autonomías de estos últimos.

Al eliminar el Certificado de inocuidad viola los principios preventivo y precautorio establecidos en la Ley General del Ambiente N° 25675, ya que se sustituye el control efectivo del nivel de riesgo del residuo por una declaración jurada del importador, lo que lo torna inconstitucional al violar el artículo 41 de la Constitución Nacional, que expresa: “Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos”.
Viola el artículo 41 de la Carta Magna que reconoce el derecho al ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades sin comprometer las de las generaciones futuras.
En materia de acuerdos internacionales, viola el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, especialmente en los alcances del preámbulo, en el que se manifiesta que los Estados tienen la obligación de velar por que el generador cumpla sus funciones con respecto al transporte y a la eliminación de los desechos peligrosos y otros desechos de forma compatible con la protección de la salud humana y del ambiente, sea cual fuere el lugar en que se efectúe la eliminación.
Dicha acción de extrema irresponsabilidad, representa un marcado retroceso en la normativa y en la gestión ambiental en general.
¿Qué dice el gobierno nacional?
La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación desmiente la autorización a la importación de residuos peligrosos, así como la limitación a la actividad de los agentes sociales de reciclado de residuos sólidos urbanos.
El decreto 591/19 que publicó el Gobierno nacional el último 26 de agosto actualiza una normativa de 1992 para la importación de insumos para la producción industrial, pero de ninguna manera flexibiliza controles ni va en perjuicio del ambiente.
En ese sentido, solo se permite la importación de insumos que fueron valorizados a través de distintos procesos y convertidos en nuevas materias primas, promoviendo así una economía circular. El objetivo a largo plazo es tener una cadena productiva más sustentable.
La norma de 1992, que seguía vigente hasta la publicación de la flamante normativa, exigía para la importación un certificado de inocuidad sanitaria y ambiental en origen que ya no emite ningún país. La presente modificación reemplaza esa exigencia por la aplicación de estándares comunes internacionales más actuales.
Con este decreto, la prohibición para importar residuos se mantiene. Solo pueden ingresar aquellos productos para los que haya una demanda específica en la industria nacional, que satisfagan las normas aplicables al producto y que no generen impactos adversos para el ambiente.
Ante la difusión errónea que asume posiciones ideológicas lideradas por referentes partidarios que se alejan de los considerandos técnicos y normas de buenas prácticas ambientales de gestión productiva sustentable, el secretario de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Sergio Bergman señaló que “la tarea social productiva y digna de los recicladores urbanos y sus cooperativas de trabajo, no se ve limitada ni afectada de modo alguno por el nuevo decreto que está orientado a insumos de la industria para requerimientos específicos y con altos estándares de control ambiental”.
Asimismo, Bergman indicó que “se apoya y afirma la tarea de los recicladores a partir de insumos provenientes de residuos urbanos con los que el decreto no compite al tratarse de residuos valorizados tecnológicamente, promoviendo la economía circular, para ser insumos en cadenas productivas específicas de una magnitud e impacto mínimo en comparación al volumen disponible y requerido de reciclado urbano”.
De esta manera, el Gobierno nacional establece las condiciones que deben cumplir las mercancías para autorizar su importación en base a normas técnicas de calidad y con estándar internacional.