Ese tiempo es desde la fecha de secuestro o retención sin que hayan sido reclamados por los titulares o con quienes se consideren con derechos sobre los mismos, exista o no proceso contravencional.
En el articulado se autoriza a compensar el pago del servicio de compactado, con el producto de la compactación, cuando el mismo cubra la totalidad del servicio.
En el supuesto de subasta y en el caso que la Municipalidad de Santa Rosa sea la adquirente de los vehículos rematados, podrá compensar el precio de la venta con las deudas o saldos deudores que tuviera el titular registral del vehículo.
Los importes netos obtenidos de la subasta o de la venta de chatarra serán depositados en la cuenta “Fondo para la satisfacción de equipamiento del área de control de Tránsito”. El Juzgado Municipal de Tránsito será la autoridad de aplicación.