Nueva prórroga de ARCA: se posterga la presentación de Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas

A través de la Resolución General 5898/2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero oficializó la tercera extensión consecutiva en los plazos para cumplir con la presentación de las declaraciones juradas del período fiscal 2025.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una nueva extensión en los plazos para que personas humanas y sucesiones indivisas cumplan con la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025. La medida quedó formalizada este lunes mediante la publicación de la Resolución General 5898/2026 en el Boletín Oficial.
Cronograma de vencimientos y prórrogas
Con esta disposición, el organismo tributario aplaza la fecha límite de presentación hasta el 13 de octubre de 2026, fecha que inicialmente se encontraba fijada para el próximo 22 de septiembre.
De acuerdo con los considerandos de la normativa, la decisión se fundamenta en motivos de "administración tributaria" que tornan "aconsejable" extender el plazo con el objetivo de "facilitarles" a los contribuyentes alcanzados el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Cabe destacar que esta modificación representa la tercera postergación en el calendario dispuesta por el organismo para el mismo período fiscal:
- Resolución General 5851: Había establecido inicialmente la prórroga hasta el 27 de julio de 2026 tanto para la presentación como para el pago del tributo.
- Resoluciones Generales 5876 y 5890: Otorgaron con posterioridad un plazo adicional que extendía el vencimiento de la declaración jurada hasta el 22 de septiembre de 2026.
- Resolución General 5898/2026: Traslada finalmente la obligación formal de presentación al 13 de octubre de 2026.
Es importante señalar que la normativa vigente no introdujo modificaciones respecto a la fecha de pago del saldo del período fiscal 2025, la cual se mantiene inalterada para el 27 de julio de 2026.
Modificaciones en los anticipos del período fiscal 2026
El texto oficial incorporó además una directiva específica destinada a regular los anticipos correspondientes al período fiscal 2026, ante posibles inconvenientes operativos derivados de la postergación.
La normativa contempla aquellos escenarios en los cuales, debido a "la falta de presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2025", el sistema informático "Cuentas Tributarias" no exhiba de forma automática los importes correspondientes al primero o segundo anticipo del año 2026.
Frente a estos supuestos, ARCA dispuso que los contribuyentes afectados "deberán determinar e ingresar dichas obligaciones sobre la base del cálculo que surja de los datos consignados en sus respectivos papeles de trabajo".
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