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Comienza a regir la nueva Ley de Alquileres: punto por punto, lo que tenés que saber

La reforma de la Ley 27.737 había sido aprobada la semana pasada por el Congreso y fue promulgada con la publicación del Decreto 533/2023 ayer en el Boletín Oficial. Los datos para tener en cuenta.
 
La nueva Ley de Alquileres comenzó a regir hoy, con lo cual los contratos deberán ser de tres años de duración, y las actualizaciones de los valores se realizarán en un plazo mínimo de seis meses, en base al denominado Coeficiente Casa Propia, utilizados desde hace dos años para los créditos enmarcardos en el programa Procrear.
 
En base a lo dispuesto en la nueva ley, los contratos de alquiler seguirán teniendo una duración de tres años, deberán ser estipulados "en valor único en moneda nacional" y se podrán realizar "ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses".
 
"Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación para los ejercicios fiscales 2023 y siguientes", asevera el artículo 12 de la nueva norma, promulgada ayer, con lo cual desde hoy están vigentes las nuevas disposiciones para los contratos de alquiler.
 
La reforma de la Ley 27.737 había sido aprobada la semana pasada por el Congreso y fue promulgada con la publicación del Decreto 533/2023 ayer en el Boletín Oficial.
 
Los contratos que ya están firmados bajo la ley aprobada en 2020 -con plazo de vigencia de tres años y esquema de ajuste anual por ICL- seguirán su curso hasta la finalización de los 36 meses de duración y se ajustarán a la nueva ley al momento de la renovación.
 
En tanto, desde hoy, el índice que debe emplearse para la actualización de los alquileres es un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA.
 
Denominado índice Casa Propia, se trata de una fórmula que se utiliza desde 2021 para la actualización de las cuotas para los diferentes créditos del Programa Federal Casa Propia y Procrear II, y tiene en cuenta el menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período.
 
De acuerdo con información suministrada por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, esta fórmula promueve una mayor estabilidad en la actualización de las cuotas, ya que contribuye a morigerar el impacto de eventuales hitos en la evolución de los salarios que respondan a períodos puntuales.
 
La fórmula Casa Propia incorpora el Coeficiente de Variación Salarial con un aforo igual al 0,9, de modo que en lugar de reflejar el promedio de la variación salarial plena, la referencia que se tomará en cuenta será equivalente al 90% de ese total.
 
Para calcular el ajuste, se debe consultar cuáles fueron los últimos seis valores del Coeficiente Casa Propia, que el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat actualiza periódicamente en el sitio https://www.argentina.gob.ar/habitat/procrear/coeficiente-casa-propia.
 

Punto por punto, los cambios en la Ley de Alquileres:

 
- Alquileres en pesos: la norma establece de manera clara que el precio de los alquileres debe expresarse en moneda nacional, y la publicidad de propiedades para alquilar no podrá mencionar otra moneda que no sea el peso argentino.
 
- Actualización semestral de alquileres: en cuanto a la actualización de los alquileres, se introduce un cambio significativo. A diferencia de la ley anterior, que permitía un único ajuste anual, la reforma dispone que las actualizaciones se llevarán a cabo cada seis meses. En consecuencia, los inquilinos tendrán así dos incrementos del precio al año en lugar de uno.
 
- Nueva fórmula de cálculo de la actualización de alquileres: la fórmula Casa Propia considera el indicador más bajo entre el promedio de la variación salarial anual y el promedio de la inflación durante el mismo período. Además, se incorpora un Coeficiente de Variación Salarial (CVS) con un aforo del 0,9, lo que significa que solo se tomará el 90% del promedio de la variación salarial.
 
Los contratos de alquiler suscriptos deberán tener un plazo mínimo de tres años.
 
- Se establecieron beneficios fiscales: la ley dispone que estarán exentos del pago del monotributo los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles, y se exime del pago del Impuesto de Bienes personales a los inmuebles destinados a alquileres y del Impuesto a los Débitos y Créditos ("al cheque") para las operaciones vinculadas de los contratos. La ley, que invita a las jurisdicciones provinciales a aprobar otros beneficios tributarios, permite al propietario y al inquilino descontar del Impuesto a las Ganancias el 10% del valor total del alquiler anual.

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