“La Ley Provincial (2954) justamente da la solución, se legisló para solucionar el problema de los empleados 2343, los ex planes que ingresaron entre el 2007 y 2008. La Municipalidad que se adhiere a la Ley 2954 le soluciona el problema al empleado y lo iguala en derecho al trabajador provincial. Un empleado 2343 provincial y un 2343 municipal que tuvieron el mismo plan, trabajan igual y cumplen la misma función, el de la Provincia hoy se jubila con todos los derechos de una jubilación del ISS”, explicó Cuevas.
Además, comentó que el problema se suscita por una ordenanza que presenta el intendente de Santa Rosa, Leandro Altolaguirre, en el Concejo, donde resuelve que toda las personas que tengan la edad jubilatoria, 60 años la mujer y 65 el hombre, tiene que iniciar el trámite jubilatorio, y tiene 6 meses para jubilarse. “Si no, queda suspendido sin derecho a indemnización. Es un ordenanza muy dura, no reconoce derechos, no consulta si esa persona tiene los aportes para poder jubilarse”, agregó.
Una persona para poder jubilarse por el ISS, como cualquier empleado provincial o municipal, tiene que tener la edad correspondiente y 30 años de aporte. “En esta problemática, a esa persona que cumplió la edad la Municipalidad le dice que vaya y haga el trámite en el ISS, pero en el ISS lo va a denegar porque le faltan aportes. Entonces, le queda un solo camino, ir al ANSES, que no es la caja aportante. En el ANSES tampoco todos se jubilan, también existen requisitos, hay ley de moratorias que tiene que cumplir, a su vez, ahora Nación, a la ley de moratoria que está vigente le agregaron un filtro socioeconómico, que tampoco el empleado sabe si lo pasa o no”, resaltó Cuevas.
“Esa gente que trabajó en la Municipalidad se va a tener que jubilar por ANSES, si puede. O esperar a cumplir los requisitos sin sueldo, porque el intendente dice que a los 6 meses los deja suspendidos, sin derecho a haberes y sin derecho a indemnización. Van a tener que esperar 7 u 8 años más para que cumplan los requisitos para jubilación de ANSES, cuando el mismo empleado de Toay, en una localidad pegada a Santa Rosa, se adhiere a la Ley 2954 y tiene todos los derechos del ISS”, puntualizó.
Por último, explicó que el problema se presenta porque pasaron los 10 años mínimos que el empleado tiene que tener de aporte. “Ahora es cuando empieza el problema, la Municipalidad habla de que sean 60 personas, hoy son esos, pero esto hay que verlo a futuro. El problema es que si el empleado no tiene los 30 años de aporte, la Municipalidad lo deja en la calle, y la solución es la que le brinda el Gobierno Provincial, que es adherirse a la ley que fue sancionada el año pasado. Es adherirse a una ley y después, cuando cumple la edad jubilatoria, se presenta en el ISS y en tres meses está jubilado con todos los beneficios que tiene la caja provincial”, concluyó.
La contestación del municipio santarroseño
Foto: Pèrez Laprida y Altolaguirre
El Director General de Asuntos Jurídicos de la MSR, Claudio Pérez de La Prida, sostuvo que les llama poderosamente la atención, que el coordinador General del Centro Provincial de I.P. Raúl Cuevas, declare que la problemática de los empleados municipales de Santa Rosa - ley 2343 -,quienes están en condiciones de obtener la jubilación por medio del ISS de la provincia, se deba a un capricho del Intendente Altolaguirre.
"Este señor ignora la existencia de una Ordenanza la 5235/2015,que es textual a la ley 2954, teniendo los mismos beneficios que la llamada Ley Lezcano.
Su falta de razón o inexperiencia lo limita en saber que La Municipalidad de Santa Rosa también posee otra ordenanza que permite a los Agentes que se jubilan por Nación, puedan tener los mismos beneficios (a través de un suplemento que otorgamos), que los jubilados provinciales".
Lamentamos que Cuevas desinforme a la comunidad y nunca se haya acercado, como si lo hizo el Diputado del PJ Jorge Lezcano, para interiorizarse de esta situación.
Por otro lado Pérez de La Prida le alecciona a Cuevas, porque el Departamento Ejecutivo no es quien dicta la normativa Jurídica vigente, sino el Concejo Deliberante quien ya ha dictado dos Ordenanzas que son superadoras a la actual Legislación de la Provincia de La Pampa.