El Presidente envió este miércoles el proyecto al Congreso. Pretende hacer varios cambios con respecto al artículo hoy vigente en el Código Penal.
La propuesta busca reformar el artículo 34 para extender la definición de la legítima defensa. En líneas generales, esto quiere decir que anulan penas ante situaciones de riesgo, al punto de llevarlas a hechos de no imputabilidad, es decir, que se flexibiliza la posibilidad de que alguien pueda defenderse ante determinadas situaciones delictivas.
De esta forma, habilitaría que no sean penados quienes obren “en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo; en cuyo caso, la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”.
El código vigente, por el contrario, establece que “las fuerzas de seguridad podrán hacer uso del arma de fuego cuando su vida o la vida de otras personas estén en riesgo”.
Asimismo, también modifica que quien comete un delito, “aún en grado de tentativa, así como sus parientes, en caso de fallecimiento, carecen deacción para querellar o demandar a quien hubiera repelido la acción o impedido la huida, aunque no concurrierenlos eximentes de este artículo en favor de quien se defiende u obre en ejercicio de su deber, autoridad o cargo.”