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General Pico: imputaron a dos policías por el robo de un gato hidráulico y les impusieron restricciones

General Pico: imputaron a dos policías por el robo de un gato hidráulico y les impusieron restricciones

El sargento Alejandro Muñoz y el cabo primero Luis Alberto Medrano fueron formalizados judicialmente por la sustracción de una herramienta en un comercio de General Pico. La Justicia dictó medidas de acercamiento hacia el denunciante, mientras que la investigación avanzará tanto en el fuero penal como en el plano administrativo.

En la ciudad de General Pico, el sargento Alejandro Muñoz y el cabo primero Luis Alberto Medrano fueron formalizados este lunes en el Palacio de Tribunales, tras quedar imputados por la sustracción de un gato hidráulico perteneciente a la gomería Cattaleya. A raíz de la investigación, el juez de control Alejandro Gilardenghi dispuso medidas de restricciones de contacto y acercamiento hacia el comerciante denunciante.

La audiencia de formalización contó con la intervención del fiscal Matías Juan y de la defensora oficial Soledad Forte. Previamente a la comparecencia judicial, los dos efectivos policiales prestaron declaración indagatoria para exponer sus respectivas versiones de los acontecimientos.

Cargos y planteo de la defensa

Durante la audiencia, la Fiscalía ratificó la acusación bajo la figura de "hurto simple agravado por la condición de miembros de una fuerza de seguridad", en calidad de coautores. Por su parte, la representación legal de los uniformados introdujo subsidiariamente el encuadre de "apropiación indebida de cosa perdida".

El fiscal Juan también expuso sobre un episodio posterior a la denuncia radicada por el propietario del local, Luis Alberto Miranda. Según detalló, los dos agentes se presentaron en la vivienda del comerciante vistiendo sus uniformes y a bordo de un móvil policial con el objetivo de pedir disculpas. Al interpretar dicha visita como una presión, la fiscalía requirió medidas restrictivas para evitar interferencias en el normal desarrollo de la pesquisa.

En contraposición, la abogada Forte solicitó que la conducta se tipifique en el artículo 175, inciso 2, del Código Penal, el cual sanciona la apropiación de bienes ajenos recibidos por error o caso fortuito. La letrada argumentó que los acusados hallaron el elemento sobre la acera frente al comercio y supusieron que había sido olvidado. "El error fue interpretar que el crique que estaba en la vereda había sido olvidado, ahora, sabemos que había sido dejado allí a propósito", señaló.

De acuerdo con el relato de la defensa, la intención inicial era resguardar la herramienta y trasladarla al Comando. Sin embargo, en el trayecto pasaron por el domicilio del hermano de Muñoz para entregarle unos cigarrillos y allí recibieron un llamado de emergencia correspondiente al barrio Ranqueles. Ante la urgencia por acudir al requerimiento, decidieron dejar el objeto en dicha vivienda para prevenir desplazamientos en la caja del patrullero.

Asimismo, la defensa reconoció una serie de omisiones por parte de los efectivos, tales como la falta de aviso al Comando, la omisión de regresar por el elemento, la ausencia de depósito en la dependencia y la falta de registro en el parte diario. Estos incumplimientos fueron adjudicados mayormente a Muñoz debido a su superioridad jerárquica, buscando desestimar la hipótesis de un hurto intencional.

Resolución judicial y derivación administrativa

Al dictar su resolución, el juez Gilardenghi avaló el requerimiento fiscal y prohibió a ambos imputados acercarse al denunciante, a su domicilio o mantener comunicación con él mientras prosiga el proceso penal.

Asimismo, el magistrado convalidó la separación de las defensas debido a las diferencias de jerarquía y las responsabilidades individuales. De este modo, la defensora Forte continuará representando al cabo primero Medrano, en tanto que el abogado Walter Vaccaro asumirá la defensa del sargento Muñoz.

En paralelo a las actuaciones judiciales, el Ministerio Público Fiscal girará los antecedentes a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas de La Pampa para que determine las responsabilidades disciplinarias pertinentes ante el presunto incumplimiento de los protocolos institucionales de la fuerza.

Visto 9 veces Modificado por última vez en Martes, 20 Octubre 2026 02:15

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