Causa penal juvenil: fiscales apelaron el sobreseimiento de un adolescente y exigieron apartar a la jueza

Los representantes de la Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil cuestionaron la decisión de la magistrada Laura De Marinis de declarar inconstitucional un artículo de la Ley 27.801 para un menor de 14 años acusado de tentativa de robo, exigiendo además un nuevo sorteo para la causa.
La Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil (UFEPJ), a través de los fiscales Mauro Tereszko y Paula Raffa Pirra, formalizó una apelación contra el fallo emitido por la jueza porteña Laura De Marinis. La resolución judicial en cuestión había declarado la inconstitucionalidad de la aplicación del artículo 1 de la Ley 27.801 en beneficio de un adolescente de 14 años imputado por tentativa de robo, dictando simultáneamente su sobreseimiento.
Junto con el recurso contra el fallo, el fiscal coordinador y la auxiliar requirieron formalmente ante la Cámara revisora el apartamiento de De Marinis del expediente judicial. En la misma línea, exigieron que se lleve a cabo un nuevo sorteo para la designación de un magistrado diferente que continúe al frente de la investigación.
Principales cuestionamientos del Ministerio Público Fiscal
El núcleo de la presentación fiscal se sostiene sobre diversos puntos críticos hacia la resolución dictada por el Juzgado Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.º 3:
- Perjuicio irreparable: Los fiscales advirtieron que el sobreseimiento extingue la acción penal sobre el menor, provocando un daño procesal que no admite reparación posterior y recortando las atribuciones constitucionales del Ministerio Público Fiscal.
- Facultades legislativas: Cuestionaron que la jueza haya invalidado una norma aprobada por el Congreso, señalando que la medida implica "arrogarse facultades legislativas" y vulnera el principio de legalidad y la división de poderes.
- Gravedad institucional: Argumentaron que la declaración de inconstitucionalidad constituye un remedio de última ratio que no debe aplicarse si existe un margen de compatibilidad constitucional con la norma.
- Alcance normativo: Objetaron que se le otorgara carácter obligatorio a las Observaciones del Comité de los Derechos del Niño y criticaron la invocación del principio de no regresividad sin precisar el derecho afectado.
- Fundamentos aparentes: Calificaron la sentencia como un acto jurisdiccional desprovisto de una derivación razonada del derecho vigente, al considerar que confunde la responsabilidad penal, el proceso y la proporcionalidad estatal.
Alcance de la medida y próximos pasos
El fallo dictado por la jueza De Marinis operó exclusivamente sobre un caso puntual y no alteró la validez general de la Ley 27.801. Desde el propio juzgado aclararon que la medida se limitó al adolescente de 14 años involucrado, mientras que la pesquisa sigue su curso respecto de otros imputados de 16 años, para quienes rige plenamente el nuevo régimen.
Con la presentación de los recursos, la resolución sobre los planteos y la solicitud de apartamiento de la magistrada quedó ahora en manos de la Cámara revisora, instancia que deberá definir los pasos a seguir en el expediente.
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