+

 

La Conmebol falló a favor de Independiente por la mala inclusión de Sánchez

El partido de ida que había terminado empatado sin goles, quedó ahora 3-0 a favor del equipo argentino.
 
A pocas horas del partido de vuelta en Brasil, finalmente la Conmebol comunicó de manera oficial el fallo a favor de Independiente por la mala inclusión de Carlos Sánchez en el cotejo de ida.
 
De esta manera, el Rojo se encuentra con un 3 a 0 a favor ante el Santos por la resolución del Tribunal de Disciplina. El encuentro donde el equipo brasileño incluyó el volante uruguayo ex River (club de donde arrastraba la suspensión) había finalizado 0 a 0.
 

RESOLUCIÓN

 
1. HACER LUGAR al reclamo presentado por el Club Atlético Independiente en fecha 22 de agosto de 2018, referente a la alineación indebida del jugador CARLOS ANDRÉS SANCHEZ ARCOSA del Santos Futebol Clube en el partido disputado el 21 de agosto de 2018, entre los equipos de Club Atlético Independiente vs. Santos Futebol Clube, correspondiente al partido de ida de los octavos de final de la CONMEBOL Libertadores 2018 de conformidad al artículo 19.3º y 56º del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.
 
2. DECLARAR como perdedor al Santos Futbol Clube del partido disputado el 21 de agosto de 2018, entre los equipos de Club Atlético Independiente vs. Santos Futebol Clube, correspondiente a la ida de los octavos de final de la CONMEBOL Libertadores 2018.y, en consecuencia:
 
3. DETERMINAR el resultado de 3 - 0 a favor del Club Atlético Independiente de conformidad al artículo 19.1º del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.
 
4. CONFIRMAR la suspensión del Jugador CARLOS ANDRÉS SANCHEZ ARCOSA por 1 (uno) partido, la cual deberá cumplirse en el siguiente partido de la CONMEBOL Libertadores 2018.
 
5. COMUNICAR, al Departamento de Competiciones de Clubes de la CONMEBOL y a los Clubes afectados. 
 
Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL, en el plazo de siete días corridos, a partir del siguiente día a la notificación de los fundamentos de la decisión conforme al Art. 63.3 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. Dicho recurso será sin efecto suspensivo. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.
 
Firman: Eduardo Gross Brown, Cristóbal Valdes y Amarilis Belisario; Miembros.

Comercial: +54 2954 806082

Tu mensaje: +54 2954 350100

Mail: comercial@diarionoticias.com.ar

Redacción: redaccion@diarionoticias.com.ar

 ADMINISTRADOR