La Pampa: el Superior Tribunal de Justicia reglamenta las notificaciones de familia tras el caso del bebé de Rancul

A raíz del caso del bebé de Rancul, el Superior Tribunal de Justicia aprobó un protocolo obligatorio para regular las notificaciones de urgencia en el fuero de Familia, las cuales pasarán a estar a cargo de la Policía a partir del 1 de noviembre.
A partir del próximo 1 de noviembre, la Policía provincial —a través de la Unidad Funcional de Género o de la dependencia policial del lugar— será la encargada de realizar las notificaciones en el fuero de Familia, reemplazando en esta tarea a la Oficina de Mandamientos del Poder Judicial.
La medida surge como respuesta directa al antecedente registrado en la localidad de Rancul, que encendió las alarmas institucionales en julio de 2026. En aquella oportunidad, la denuncia pública de Joaquín Díaz y Ana Laura Pizzani, integrantes del programa provincial "Familias de Contención" y cuidadores de un bebé de cuatro meses desde sus primeros días de vida, expuso la utilización de un mensaje de texto por la aplicación WhatsApp enviado por la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia. Mediante dicha vía informal, sin adjuntar una resolución judicial ni un acto administrativo previo, se les exigía la restitución del lactante.
Aquel episodio estuvo acompañado por un amplio despliegue policial en el trayecto de Rancul a Santa Rosa y durante el retiro del niño. Ante la falta de garantías procesales y el vencimiento del plazo legal para reclamos de la familia de origen, la pareja acudió a la Justicia de Familia para solicitar la adopción definitiva y frenar el traslado. Mientras el fuero judicial dio curso al pedido, el organismo administrativo insistía en retirar al menor, generando un conflicto que trascendió al ámbito judicial y derivó en cruces políticos en una comisión investigadora.
El Acuerdo del STJ: procedimiento de oficio para erradicar informalidades
Como reacción ante estos hechos y los incidentes reportados con la Oficina de Notificaciones, los Ministros del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa dictaron el Acuerdo Nº 2026-26-E. La normativa aprueba un procedimiento general de notificación de oficio para medidas preventivas urgentes y medidas autosatisfactivas en el marco de la Ley Nacional 26.485, la Ley Provincial 1918 y el Código Procesal Civil y Comercial pampeano.
El fundamento central radica en que, en el ámbito de la niñez y la familia, el factor tiempo es determinante para evitar el agravamiento de situaciones de riesgo. Amparados en los principios de oficiosidad y debida diligencia (artículos 706 y 709 del Código Civil y Comercial), los juzgados deberán asumir un rol activo y dejar atrás los avisos informales.
El nuevo esquema comenzará a regir el 1 de noviembre de 2026 en la Primera Circunscripción Judicial. Previamente, la Secretaría de Sistemas y Organización efectuará las adecuaciones informáticas y capacitaciones necesarias, con el objetivo de extender el sistema gradualmente al resto de la provincia.
Puntos clave del nuevo protocolo: intervención policial y validación digital
- Notificación de oficio por el juzgado: El juzgado interviniente realizará de oficio todas las notificaciones, vistas e intervenciones mediante el Sistema Informático de Gestión de Expedientes (SIGE).
- Diligenciamiento a través de la Policía: La entrega de la medida al destinatario será ejecutada de forma directa por la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia o la dependencia policial correspondiente, recibiendo los datos útiles del expediente a través del SIGE.
- Código de validación en la web judicial: Cada cédula o instrumento de notificación incluirá un código de validación digital. Al ingresar a www.juslapampa.gob.ar, los ciudadanos podrán visualizar en tiempo real el número de expediente, la carátula, el texto completo de la resolución, la firma del juez, la fecha y la hora de publicación.
- Coordinación en medidas complejas: Para casos como exclusión del hogar o reintegro al domicilio, la actuación policial se coordinará con abogados particulares o defensores oficiales. Las notificaciones de alimentos provisorios se canalizarán por medios institucionales registrados.
Con el dictado de este Acuerdo, el Poder Judicial pampeano busca desterrar la incertidumbre, asegurar respaldo oficial, trazabilidad digital y firma magistral verificable, adecuando el servicio de justicia al estándar constitucional de debida diligencia en favor de los derechos de la infancia.













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