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El Tribunal de Impugnación avaló que los jueces de Ejecución Penal ordenen la extracción de ADN a condenados

El Tribunal de Impugnación avaló que los jueces de Ejecución Penal ordenen la extracción de ADN a condenados

La Justicia provincial hizo lugar a un planteo fiscal y determinó que la toma de muestras genéticas puede realizarse durante la ejecución de la pena para incorporar los datos al registro oficial.

La Sala B del Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa resolvió por unanimidad hacer lugar a un recurso del Ministerio Público Fiscal y dejó sin efecto un fallo previo que había impedido extraer muestras biológicas a un ciudadano condenado para sumarlo al Registro Provincial de Datos Genéticos.

El fallo fue dictado por los magistrados María Paola Frigerio y Mauricio Federico Piombi, quienes determinaron que la recolección de material genético está facultada durante la etapa de ejecución de la pena y que el juez de Ejecución Penal posee la competencia necesaria para emitir dicha orden.

El origen del caso y el rechazo inicial

El expediente se originó a partir de la situación legal de M. A. P., quien recibió una condena en diciembre de 2023 a tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de estafa.

Posteriormente, en octubre de 2025, la Fiscalía requirió la extracción compulsiva de muestras biológicas del sentenciado para registrar su perfil genético en cumplimiento de la Ley Provincial N.º 3.099.

No obstante, el juez de Ejecución, Edgardo Trombicki, denegó el pedido bajo el argumento de que no poseía competencia para dictar la medida y que esta debió concretarse en el transcurso de la investigación penal preparatoria.

La apelación y el fallo del TIP

Ante esa negativa, la fiscal de Ejecución Penal, Marisol Rodríguez, interpuso los recursos de impugnación correspondientes. Argumentó que la normativa provincial vigente no fija plazos restrictivos ni limita dicha atribución exclusivamente a los magistrados que actúan en la fase investigativa.

El 1 de octubre de 2026, el TIP avaló los argumentos del Ministerio Público Fiscal, revocó el rechazo del juez de Ejecución y ordenó que se cumpla de inmediato con la manda fiscal de extraer las muestras genéticas al condenado.

En su resolución, los jueces destacaron que el artículo 5 de la Ley Provincial N.º 3.099 prevé la inclusión de perfiles genéticos de imputados y condenados sin condicionar la medida a una etapa procesal específica.

Cuando una persona se encuentra cumpliendo una condena bajo la jurisdicción del Juzgado de Ejecución Penal, es ese juez quien reviste el carácter de autoridad judicial interviniente y puede ordenar la extracción de muestras genéticas.

De esta manera, el Tribunal estableció que la conclusión de la investigación penal no obstaculiza la toma de muestras biológicas y que la potestad judicial para requerirlas se mantiene vigente durante toda la ejecución de la condena, consolidando un criterio clave para la implementación efectiva de la legislación en territorio pampeano.

Visto 56 veces Modificado por última vez en Miércoles, 04 Noviembre 2026 10:10

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