Pesan sobre la Provincia de Buenos Aires 60 días de freno judicial a la ley de baja de imputabilidad

A través de un hábeas corpus, la Justicia dictó la suspensión temporal de la Ley 27.801 en territorio bonaerense, advirtiendo sobre las falencias edilicias e institucionales para contener a menores de 14 y 15 años.
La Justicia de la provincia de Buenos Aires interrumpió de manera preventiva por un plazo de 60 días la vigencia de la normativa que reduce la edad mínima de imputabilidad de 16 a 14 años. La medida cautelar fue dictada por la jueza Marta Elba Pascual, quien está al frente del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora.
El pronunciamiento judicial respondió a un hábeas corpus preventivo y colectivo interpuesto por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo, actuando en defensa de los adolescentes que se encuentran privados de su libertad. Mediante esta acción, la magistrada frenó la implementación de la Ley 27.801 en todo el distrito bonaerense.
Los motivos detrás del freno judicial
El eje central de la resolución se vincula con la aptitud de la infraestructura provincial para afrontar el impacto de la reforma. En su escrito, la jueza interpeló la capacidad actual de la Provincia en términos edilicios, profesionales e institucionales para recibir a un caudal mayor de menores bajo los parámetros obligatorios de resguardo de derechos.
De acuerdo con el fallo, la disminución de la edad punible podría derivar en una suba significativa de menores de edad tras las rejas, tanto por la incorporación directa de chicos de 14 y 15 años como por un eventual incremento en los tiempos de permanencia dentro de los establecimientos de encierro.
Observaciones sobre el sistema de detención
La magistrada recordó las advertencias previas emitidas por su propio tribunal respecto al Centro Socioeducativo de Lomas de Zamora, donde se había fijado un tope estricto de 60 adolescentes debido a las deficiencias habitacionales del lugar.
- Avances reconocidos: El fallo valora refacciones recientes destinadas al suministro de agua potable, el servicio de comida y mejoras edilicias generales.
- Pendientes críticos: Subsisten deficiencias severas en materia educativa, formación laboral y programas orientados a la reinserción en el mercado de trabajo.
- Aislamiento: Se remarca la urgencia de acortar los lapsos de aislamiento a los que son sometidos los jóvenes alojados.
Asimismo, Pascual alertó que un escenario de sobrepoblación carcelaria no solo deteriora las condiciones de alojamiento, sino que impacta de forma directa sobre la seguridad ciudadana, dado que el contexto de encierro condiciona los grados de violencia con los cuales los jóvenes recobran su libertad.
Obligaciones estatales y cronograma
Como consecuencia de la cautelar, la jueza instruyó al Ministerio de Seguridad, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y al Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia para que ejecuten las acciones pertinentes orientadas a asegurar el cumplimiento de la suspensión durante los dos meses estipulados.
En paralelo, se fijó una audiencia para el próximo 16 de septiembre, a la cual deberán asistir los funcionarios provinciales competentes en la aplicación del régimen. En dicha instancia tendrán que detallar las medidas implementadas, los proyectos en carpeta y los plazos estipulados para adaptar la estructura bonaerense a los requerimientos de la ley.
La Ley 27.801 entró en vigencia a escala nacional el pasado 5 de septiembre, derogando el sistema penal juvenil que regía desde 1980. Además de fijar la imputabilidad desde los 14 años, la norma estipula un tope de 15 años de encierro, prohíbe la prisión perpetua y suma castigos alternativos:
- Reparación del daño
- Tareas comunitarias
- Restricciones de acercamiento
- Monitoreo electrónico
Mientras la disposición mantenga su vigencia, el nuevo régimen permanecerá inactivo en suelo bonaerense, a la espera de las decisiones que tomen los funcionarios del Estado y del desarrollo de la causa en el ámbito judicial.
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