Restituyen la vigencia de la Ley Penal Juvenil en territorio bonaerense tras revocar el fallo de la jueza Pascual

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora dejó sin efecto la medida cautelar que frenaba la aplicación de la normativa nacional y cuestionó que una decisión provisoria invalide una ley del Congreso.
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora dejó sin efecto la medida cautelar que había frenado por el plazo de 60 días la implementación de la ley nacional 27.801 dentro de la provincia de Buenos Aires. El tribunal argumentó que un juez carece de facultades para anular de manera general una norma aprobada por el Congreso a través de una resolución provisoria.
De esta manera, la Justicia dio marcha atrás con la disposición emitida originalmente por la titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil 2, Marta Pascual. Dicha orden había sido dictada en el contexto de una acción de hábeas corpus preventivo y colectivo que impulsó la Asociación Civil No Seas Pavote, entidad que forma parte de la Federación Familia Grande Hogar de Cristo.
Claves del fallo judicial
- Tribunal interviniente: Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora.
- Norma restituida: Ley nacional 27.801 en la provincia de Buenos Aires.
- Medida anterior revocada: Suspensión cautelar por 60 días dictada por la jueza Marta Pascual.
- Origen de la causa: Hábeas corpus preventivo y colectivo promovido por la Asociación Civil No Seas Pavote (Federación Familia Grande Hogar de Cristo).
- Alcance de la presentación: Incluía a jóvenes susceptibles de ser aprehendidos, procesados judicialmente y eventualmente detenidos bajo el nuevo marco legal.
.jpeg?dncb=20260915122458-6708)


Comentarios de lectores 0
Todavía no hay comentarios. Podés ser el primero en opinar.
Dejá tu comentario