"Borrando con el codo toda la jurisprudencia ambiental la Corte rechaza la demanda de la Provincia que solicitaba estudios ambientales previos a la construcción de la represa El Tambolar", agregó el mandatario.
"Con un fallo que atrasa y desconoce al ambiente como sujeto de derecho la Corte avala el ecocidio de la cuenca Desaguadero- Salado – Chadileuvu – Curaco y desdice los antecedentes jurisprudenciales que viene imponiendo de manera justa y amplia en materia ambiental", destacó a través de sus redes sociales.
"La sentencia pretende confundir y desviar el centro de la cuestión, aduciendo que no existe "caso" por no estar probado el daño, pues mientras se rechace la realización de un estudio ambiental nunca se podrá probar en forma previa el daño", indicó.
"Por tanto, bajo este nuevo parámetro de la Corte ya no existe la prevención de daño ambiental y solo se habilita su reclamo posterior, permitiendo una aplicación antojadiza y discrecional de las leyes y principios ambientales… Los peligros de la libertad sin Estado presente se empiezan a notar. Aun así, seguiremos defendiendo La Pampa", concluyó el gobernador pampeano.