
El hecho
Ocurrieron el 8 de abril de 2012, en las primeras horas del día, en el local bailable “Babilonia” y en una vivienda de la calle Escalante al 500. La fiscala María Cecilia Martiní había solicitado una pena de 6 años y 6 meses de prisión para ambos imputados. El querellante particular, Franco Catalani, había pedido 12 años y los defensores particulares Santiago País Rojo (Ros) y José Mario Aguerrido (Juan Manuel Barreras, amigo de Ros inicialmente acusado y absuelto por el "indubio pro reo") alegaron por la absolución y subsidiariamente por una pena a 3 años en suspenso.
Con relación a Ros, el tribunal de Audiencia que en septiembre de 2016 lo condenó dio por probado que abusó de una menor sin que la víctima diera su consentimiento, añadiendo que en ese momento “se encontraba disminuida la capacidad de oposición física” de la joven “a consecuencia de la ingesta previa de distintas bebidas alcohólicas, que se produjo mientras permaneció en el boliche Babilonia, donde luego de la consumición, le fueron suministrados otros tragos, incluso tequila una vez finalizado el horario para el público”. Los jueces dijeron que el delito se cometió en la casa de la calle Escalante y que el imputado se aprovechó de que la menor “no pudo consentir libremente dicho accionar, debido al estado de vulnerabilidad en que se encontraba”.