El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación resolvió este miércoles no hacer lugar a la destitución del juez del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Plata, Pablo Díaz Lacava, por lo que continuará en funciones. La decisión de rechazar la remoción se adoptó por unanimidad al considerar que no se configuró la causal de mal desempeño que había motivado la apertura del proceso.
El expediente se había originado en abril de 2023 tras una denuncia presentada por tres secretarios del tribunal, quienes lo acusaron de maltrato laboral, abuso de autoridad, coacción y violencia de género. Posteriormente, el Consejo de la Magistratura aprobó con una mayoría de dos tercios avanzar con el jury, al estimar que existían elementos suficientes por "graves desórdenes de conducta personal", falta de "probidad y decoro" y situaciones de violencia y acoso laboral contra trabajadores.
Detalles de las acusaciones y el proceso
La acusación formal detalló episodios de violencia contra las mujeres dirigidos hacia Alina Laura Trento, Erika Evelina Savluk, Bárbara Medwid y Norma Beatriz Martínez. Asimismo, incluyó hechos de violencia y acoso laboral contra Jorge Ignacio Rodríguez Berdier y Ricardo Javier Sequeira González.
La apertura del procedimiento de remoción había contado con los votos de los consejeros jueces Mariano Barroetaveña, Agustina Díaz Cordero y Horacio Rosatti; los senadores Anabel Fernández Sagasti, Luis Juez, Mariano Recalde y Eduardo Vischi; además de representantes de los ámbitos académico, legislativo y de la abogacía.
Durante el debate ante el jury, los encargados de sostener la acusación fueron el juez Diego Barroetaveña, presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, y el diputado nacional del PRO Álvaro González. Los acusadores señalaron que el magistrado incurrió en desórdenes que afectaron el servicio de justicia y describieron escenas de gritos, golpes y explosiones de furia por motivos triviales, como la ubicación de un crucifijo o un matafuegos, insultos, un piedrazo arrojado desde la vereda hacia una ventana donde estaban los denunciantes, y encierros a empleados en oficinas para interrogarlos.
Por su parte, la defensa del magistrado estuvo a cargo del abogado Andrés Gil Domínguez. En su exposición, se apoyó en un dictamen del Cuerpo Médico Forense que entrevistó a los denunciantes y no detectó lesiones físicas. Además, justificó la vehemencia del juez en una supuesta autoexigencia laboral y calificó el episodio del piedrazo como "una broma de mal gusto".
Los argumentos del Jurado de Enjuiciamiento
Tras la sustanciación del juicio político, el tribunal evaluó que los hechos existieron pero concluyó que se trató de un "desenlace desproporcionado que de ningún modo puede justificar la destitución de un magistrado cuya honorabilidad e idoneidad técnica permanecen indemnes". El jury determinó que las conductas no alcanzaban la entidad ni la gravedad cualificada requeridas en el artículo 25, inciso 5, de la ley 24.937 para aplicar la sanción más grave.
El fallo también cuestionó la falta de resolución temprana en el ámbito administrativo del tribunal. "La decisión de ignorar los carriles específicos previstos al respecto en favor de una inmediata incriminación penal no puede ser subsanada mediante la sanción más drástica", indicó la sentencia, que añadió que "el juicio político no fue concebido para suplir las falencias del gobierno interno del Tribunal, ni para transformar desajustes de gestión y convivencia en causas constitucionales de remoción".
Integración del tribunal y situación procesal
El cuerpo que dictó el veredicto estuvo compuesto por los jueces Marcelo Bartumeu Romero (del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 25 de la Ciudad de Buenos Aires) y Néstor Barral (de la Cámara Federal de San Martín), junto a la abogada Ana Fernández. También participaron los diputados Nicolás Mayoraz (de La Libertad Avanza) y Christian Zulli (de Unión por la Patria), y las senadoras María Monte de Oca (de La Libertad Avanza) y María Florencia López (de Unión por la Patria).
Díaz Lacava había sido suspendido por el Consejo de la Magistratura el 15 de abril último y, debido a una orden de alejamiento de al menos 300 metros de las víctimas, llevaba tres años y medio sin poder ingresar a los tribunales pampeanos, trabajando de manera remota hasta su suspensión. Con esta resolución, volverá formalmente a su cargo.
No obstante el resultado del jury, el magistrado afronta de manera independiente un proceso en sede penal. Está procesado por amenazas, lesiones leves y graves en contexto de violencia de género, maltrato laboral, abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, desobediencia judicial y retardo malicioso de justicia. Dicha causa penal avanza al margen del juicio político y es tramitada por un Tribunal Oral Federal integrado por Facundo Zapiola, José Fabián Asís y Sabrina Nammer, cuyo juicio oral se prevé que inicie en la segunda quincena de septiembre y actualmente transita la etapa de ofrecimiento de prueba.