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Razonabilidad en las tarifas de servicios públicos

Los Senadores Nacionales Norma Durango y Daniel Lovera, como integrantes del interbloque PJ La Pampa, son co-impulsores de la iniciativa presentada hoy en el Senado por las senadoras y los senadores del Bloque Justicialista, que prevé que los incrementos en las tarifas de servicios no superen los incrementos salariales. 
 
 
El proyecto  va en consonancia con el  impulsado en la Cámara de Diputados por Argentina Federal y el Frente Renovador. Consta de 17 artículos, divididos en cuatro títulos, Y tiene por objeto proteger a las y  los usuarios residenciales, micro, pequeñas y medianas empresas, cooperativas de trabajos o empresas recuperadas, clubes de barrios y usuarios beneficiados por la tarifa social, estableciendo “pautas objetivas y complementarias” a las ya establecidas en cada uno de los regímenes de servicios públicos y transportes públicos.
 
La iniciativa retrotrae a los valores de noviembre de 2017 y establece que los aumentos “no deben exceder el Coeficiente de Variación Salarial acumulado desde tres meses anteriores a la fecha de la vigencia de la última actualización tarifaria, hasta los tres meses anteriores a la aplicación de la nueva tarifa. Esas tarifas tendrán una estabilidad mínima de 24 meses, período durante el cual no se podrá incrementar el monto por ningún mecanismo de actualización tarifaria”.
 
Para el caso de las empresas y cooperativas comprendidas en el proyecto, se establece la caracterización de tarifas “justas, razonables y susceptibles de ser aplicadas con criterios de equidad distributiva” a aquellas cuyo aumento anual sea gradual, sustentable y no exceda el nivel general del IPC publicado por el INDEC, acumulado desde tres meses anteriores a la fecha de vigencia. Esas tarifas, tendrán una estabilidad mínima de 24 meses, durante los cuales no podrán ser actualizadas.
 
Las tarifas alcanzadas son las de los servicios de energía eléctrica, gas, agua, y transporte público automotor y ferroviario, y aquellos que hubieran abonado a partir del 1 de noviembre pasado un monto mayor al establecido por la norma. Por el valor del excedente se generará un crédito a favor del usuario computable al próximo período de consumo.
 
El proyecto del bloque Justicialista establece un Régimen Nacional y Universal de Beneficiarios de la Tarifa Social de Servicio Público, que fijará un cuadro tarifario diferencial para los servicios que alcanzará a jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a tres salarios mínimos. También se incluye a los monotributistas inscriptos en categorías cuyo ingreso anual mensualizado no supere tres veces el salario mínimo; empleados del servicio doméstico; beneficiarixs de pensiones no contributivas que no ganen más de tres salarios mínimos; beneficiarixs de programas sociales nacionales, provinciales o municipales; usuarios que perciban seguro de desempleo; veteranos de guerra; discapacitados; pacientes cuyo tratamiento implique electrodependencia; clubes de barrio y de pueblo; entidades de bien público; centros asistenciales públicos; entidades educativas públicas; entidades religiosas y asociaciones sindicales que realicen actividades de índole social. También se incluye a pequeños emprendimientos comerciales y de servicios.

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