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Lorenzetti: "Se han generado movimientos dentro de Internet que pueden condicionar la libertad de expresión"

El presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, resaltó los graves riesgos y condicionamientos que genera la proliferación de noticias falsas a la libertad de expresión y al sistema democrático y republicano. Y consideró auspiciosa la implementación de mecanismos regulatorios de prevención en el accionar de las grandes compañías globales de internet, evitando los modelos legales penales que, por amplitud en sus tipificaciones, pueden afectar la posibilidad de expresarse libremente.
 
Lorenzetti repasó los perjuicios de una dinámica digital que estimula la confirmación de posiciones, la adopción de extremos en la sociedad y la influencia espuria en procesos electorales, minando el "consenso entrecruzado" que nutre al debate democrático "Pensemos que estamos diciendo que es posible a través de informaciones falsas en internet condicionar la voluntad electoral, y si esto es posible alguien diría que una 'elección es anulable porque ha sido producida en base a una voluntad electoral viciada'. Es de una magnitud extraordinaria y hay muchos autores que afirman que esto está afectando el sistema democrático", dijo el presidente de la Corte, en la comida mensual de la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa), ante directivos y representantes de medios gráficos y digitales de todo el país e invitados especiales. " El problema está centrado en la capacidad que tienen distintas empresas de monopolizar de condicionar, de guiar o de controlar dentro de internet", agregó.
 
Después de analizar diversas normativas, Lorenzetti concluyó que los caminos jurídicos más sanos pasan por el establecimiento de incentivos adecuados para que el que administre una red desarrolle e implemente tecnología para controlar, detectar y frenar  las fake news, en línea con lo que hace, por ejemplo, la legislación alemana.
 
Al cierre de su disertación le pidieron su opinión acerca del daño que las acciones de las empresas tecnológicas provocan en la industria periodística y, por ende, en la generación de los contenidos que alimentan una participación y un debate democráticos. En su respuesta, Lorenzetti señaló que las empresas tecnológicas, ante la ausencia de regulaciones, gozaron de un subsidio indirecto que, en una etapa de madurez como la actual, cabría eliminar. Durante su exposición, también remarcó que las limitaciones del mundo físico, como las que defienden la competencia, deberían trasladarse al mundo digital. El foco de sus conclusiones estuvo puesto en el proceso de desinformación que se extiende en el presente: "Se podría hablar de 'el lado oscuro de la república': los sistemas republicanos están siendo fuertemente afectados por las fake news; no es momento de ignorar, es momento de reaccionar y regular, desde la organización de las redes, los modos en que las empresas funcionan, los modelos de negocios, la función del Estado, si subsidia o no, cómo es la relación con los usuarios".
 
El presidente de la Corte fue precedido en el uso de la palabra por el presidente de Adepa, Daniel Dessein. "La revolución tecnológica vino de la mano de expectativas de una ampliación inédita de la libertad, la integración, la transparencia y la democracia. Hoy choca con la contracara de estas expectativas. Procesos electorales interferidos por actores que usan las redes sociales para incidir en los votantes. Comunidades contaminadas con noticias falsas que socavan el presupuesto democrático de una ciudadanía informada. Ciudadanos polarizados por algoritmos opacos", advirtió.
 

DISCURSO COMPLETO

 
Buenas noches.
 
Quiero agradecer en particular a ADEPA por esta invitación. Es una institución con la cual hace muchos años que trabajamos, tanto desde la Corte Suprema como desde otros ámbitos. A mí, que soy del interior, me gusta muchísimo ver a todos los representantes de distintos diarios del interior que reflejan ese color local tan interesante que tiene nuestro país, esta diversidad que creo que es un valor que ha cuidado siempre ADEPA, esa representación de todas las regiones del país.
 
El tema que vamos a tratar hoy es un tema difícil, amplio, complejo, que está instalado a nivel global. Es el denominado fake news o falsas noticias. Como todo profesor de derecho, es un tema que me ha apasionado, lo estuve estudiando y creo que uno podría hablar bastante tiempo sobre esto, pero voy a tratar de dar algunos grandes lineamientos sobre qué es lo que se discute y cuáles son las soluciones, porque en estos aspectos hay que enfocarse tanto en el problema como en las soluciones, que a veces pueden ser peores que el problema.
 
La primera cuestión importante a señalar es el principio de la libertad de expresión. Este es un principio que ha sido desarrollado, cuando uno lo enfoca históricamente, en base a un enorme esfuerzo, ha resistido las dictaduras, ha resistido los autoritarismos, ha resistido las persecuciones y la base de la libertad de expresión ha sido el esfuerzo de muchísimas personas a lo largo y a lo ancho del planeta, a lo largo y a lo ancho de toda nuestra historia, en todos los países del mundo. Y se trata de personas que han tenido pasiones, vocación, heroísmo. Muchos han perdido su vida, otros su libertad, otros fueron perseguidos. La libertad de expresión forma parte de nuestra cultura occidental; es un principio que está acendrado, afirmado, defendido por nuestros tribunales -estamos muy convencidos de que así debe seguir siendo-. Y el periodismo profesional ha sido la base de la defensa de la libertad de expresión en casi todos los países, por lo menos del hemisferio occidental.
 
¿Qué es lo que está hoy en cuestión? Es la credibilidad de la libertad de expresión, expresada a través del periodismo profesional, por el surgimiento de una nueva tecnología. Esa tecnología que todos conocen, expresada a través de las redes sociales, originariamente fue pensada como un gran ámbito de la libertad de expresión. Hace muchos años escribí un libro sobre comercio electrónico. En ese momento se sostenía que internet era el ámbito en el cual se iba a desarrollar la libertad de expresión, donde no había ninguna limitación, donde todo era posible, y así fue. Pero lo que ocurre es que en ese ámbito que no tenía regulaciones, donde está vigente el principio de la libertad de expresión, también suceden otras cosas y se han generado movimientos dentro de la red que pueden condicionar la libertad de expresión dentro de la red. Entonces ahora lo que se plantea es un problema regulatorio dentro de la red, dentro de la nueva tecnología. Porque lo que se ha comprobado es que no todos los que están dentro de la red tienen el mismo nivel de expresión.
 
Cuando los tribunales desarrollaron el principio de la libertad de expresión dijeron que debía haber “un mercado de ideas donde debe haber suficientes expresiones para que todos tengan la posibilidad de intercambiar” y lo que John Rawls llama el consenso entrecruzado, es decir, si escuchamos a muchas personas con visiones diferentes vamos a lograr un debate fuerte, robusto, que hace madurar a las sociedades. Pero cuando en internet uno ve que esto no sucede y que existen sectores que pueden condicionar fuertemente la libertad de expresión en internet ahí vienen las discusiones.
 
¿Por qué se lo denomina fake news? Porque producen falsas noticias, ya vamos a ver que esta es una dificultad también, pero lo vemos claramente a través de motores que producen información, sea a través de los conocidos sistemas como Facebook o Twitter, o bien otros canales donde la información fluye, los denominados trolls, todo lo que ustedes conocen hoy bastante bien y se ha transformado en un lugar común.
 
Lo que esto está produciendo es un impacto fenomenal en ámbitos muy diversos. El primer impacto relevante es en el ámbito electoral. Casi todos los proyectos de ley que vamos a mencionar hacen referencia a la situación ocurrida en las elecciones de los Estados Unidos, en el Brexit, pero también tenemos el caso de México, donde ahora se ha discutido. Pensemos que estamos diciendo que es posible a través de informaciones falsas en internet condicionar la voluntad electoral, y si esto es posible alguien diría “esta elección es anulable porque ha sido producida en base a una voluntad electoral viciada”. Es de una magnitud extraordinaria y hay muchos autores que dicen que esto está afectando el sistema democrático.
 
Desde otro ámbito, podemos enfocar la vida privada. Cualquier persona hoy puede ser atacada con falsas noticias, fotografías falsas, asociaciones con lugares armados deliberadamente. Es decir, la vida privada está en riesgo a través de las falsas noticias.
 
La actividad económica y comercial, o financiera, también está muy afectada con este fenómeno, porque sabemos que una falsa noticia creada en internet puede provocar una caída de acciones en la bolsa o puede afectar gravemente la imagen de una empresa. Podemos ver este fenómeno en casi todas las áreas de la actividad humana, entonces estamos frente a un problema de una magnitud extraordinaria que no es menor, no podemos tomarlo a la ligera.
 
¿Qué ha sucedido en el derecho comparado? ¿Cómo se ha intentado enfrentar este problema? Tal vez la legislación más conocida hoy es la de Malasia, una legislación muy controvertida de este año que se refiere específicamente a las falsas noticias. Es una legislación cuya aproximación es penal; después que se produce el hecho viene la sanción. La sanción penal se basa en una definición de noticia falsa, como primer punto, que no es menor. Si uno define qué es una noticia falsa e incurre en ese hecho delictivo viene la sanción, pero el problema es definir qué es una noticia falsa. Fíjense qué dice el tipo penal establecido en la ley: “Crear, brindar, publicar noticias falsas o una publicación que contenga noticias falsas”. “Toda persona que por cualquier medio a sabiendas cree, brinde, publique, imprima, distribuya, haga circular o difunda cualquier noticia falsa o publicación que contenga noticias falsas comete un delito y será penado con una multa o prisión”. Esa multa puede llegar a los 130.000 dólares y la prisión hasta seis años. La noticia falsa es definida de un modo muy extenso, muy amplio. Dice que noticia falsa abarca “cualquier noticia, información, dato e informe que sea íntegra o parcialmente falso, sea bajo la forma de artículos, material visual o grabaciones de audio, o cualquier otro formato que pueda sugerir palabras o ideas”.
 
Quiero llamar siempre la atención sobre el derecho. Cuando uno tiene conceptos abiertos o indeterminados, lo que tiene que pensar es en manos de quién queda la definición y la libertad de las personas. Esta ley tiene una curiosidad. Establece en la ley ejemplos que serían como sentencias, porque la ley dice: “Ejemplos: A brinda información falsa a B para que B la publique en su blog. B, con desconocimiento de que la información publicada por A es falsa, publica la información en su blog. A es culpable de un delito en términos de este artículo”. Segundo ejemplo: “A inventa determinada información escribiendo en un artículo publicado en su blog, que Z, un reconocido hombre de negocios, ha logrado celebrar un contrato comercial a través del pago de sobornos. A es culpable de un delito en términos de este artículo”. El tercer ejemplo dice: “A inventa determinada información escribiendo un artículo publicado en su blog, que Z, un reconocido hombre de negocios, ha logrado celebrar un contrato comercial a través del pago de un soborno. B, a sabiendas de que la información en cuestión ha sido inventada, comparte el artículo en su cuenta de redes sociales. Ambos, A y B, son culpables”.
 
O sea que la ley es como si dictara una sentencia. Después, otro ejemplo, tal vez el más llamativo para no ser tan extenso dice: “A pronuncia un discurso en un foro público que tiene lugar en un lugar público, en su discurso A informa que Z ha malversado fondos recolectados con fines benéficos a sabiendas de que dicha información es falsa. A es culpable de un delito en términos del presente artículo”. Y así brinda muchísimos ejemplos de informaciones falsas que merecen sanción penal y también sanciona penalmente al que financia. “Toda persona que tenga bajo posesión, custodia, supervisión o cualquier publicación que contenga noticias falsas tendrá la obligación de eliminar inmediatamente la publicación”. Esto también tiene una amplitud bastante difícil de establecer.
 
Esta ley es muy valorada por algunos y muy criticada por otros. No se sabe si el remedio no es peor que la enfermedad. Y fíjense que fue aplicada en un primer caso, que era el de un señor de origen musulmán que, según dicen, “publicó un video en YouTube en el que afirmaba que la Policía tardó cincuenta minutos en responder a una llamada de emergencia en Kuala Lumpur luego de…”. Bueno, por un supuesto atentado, que en realidad era falso. Fue sometido a proceso en base a esta ley porque la Policía no había demorado tanto. En la audiencia este señor se declaró culpable y pidió perdón afirmando que lo hizo en un momento de furia, de enojo, pero fue condenado a pagar una multa. El máximo de la multa podía ser el equivalente a 123.000 dólares. A él lo condenaron a una suma menor, pero como no la podía pagar optó por una prisión de un mes, y fue un mes preso.
 
Este es un modelo de legislación en materia de fake news y además tiene una particularidad que es la extraterritorialidad, es decir, cualquier ciudadano de ese país afectado puede invocar la ley.
 
Otro modelo absolutamente distinto es el de Alemania. La ley alemana tiene otra perspectiva que es preventiva. Explico un poco distintos modelos porque me parece que esto es relevante para las discusiones legislativas que se puedan dar. Es preventiva y es enfocada en aquellos que tienen capacidad de generar falsas noticias. Fíjense qué dice: “Esta ley se aplicará a los proveedores de servicios de telemedios que con fin de lucro administren plataformas de internet destinadas a producir que los usuarios compartan cualquier contenido con otros usuarios o pongan dicho contenido a disposición del público”. Es decir, se enfoca claramente en los distribuidores, por darle un nombre, y dice: “Las plataformas que ofrecen contenido periodístico o editorial, cuyo responsable es el propio productor de servicio no constituyen redes sociales”. Esto es una diferencia muy importante, porque una página web de un diario no es un generador, de acuerdo a esta ley, no es un generador de fake news, está fuera de la regulación. Es una forma de proteger la libertad de expresión, de proteger a un sector.
 
¿Qué establece esta ley? ¿Cuáles son sus principales técnicas? Lo que es interesante es que obliga a los proveedores de redes sociales a recabar información, a recibir… establecer sistemas para que la gente pueda denunciar noticias falsas, a establecer sistemas eficientes de control, sistemas de identificación, publicar informes sobre las noticias falsas y va estableciendo una autoridad que controla si esto se cumple o no. Establece un plazo de un mes para que, mensualmente, establezcan informes y esos informes sean publicados. Y lo más relevante, a mi juicio, es que establece un sistema de gestión de las noticias falsas a cargo, supongamos de Facebook o de Twitter o de cualquier proveedor que trabaja en redes sociales. Es un sistema de gestión preventiva, los obliga y dice, por ejemplo, debe garantizar al usuario que el proveedor de redes sociales tome nota inmediatamente del reclamo, suprima o bloquee el acceso, todos los mecanismos preventivos que se discutieron en la audiencia que se hizo en la Corte Suprema en el caso Google, si tenían mecanismos preventivos de evitación del daño. Es decir, esta ley se enfoca más en el proveedor y en la evitación, en la prevención. Tiene una cantidad de procedimientos y técnicas que luego, si les interesa, podemos profundizar.
 
Otro modelo distinto es el de Francia, porque Francia está más preocupada en el tema electoral. De hecho, cuando presentaron este año el modelo de proyecto en materia de noticias falsas, la ministro de Cultura que lo presentó dijo: “Nuestra cuestión no es definir lo que es una noticia falsa”. Esta es una cuestión muy importante que vamos a ver después, si es necesario o no definir qué es una noticia falsa. Francia dice no. La verdadera cuestión es el universo de los cauces, los canales de difusión de noticias falsas en la actualidad. Hay dos tipos de versiones. La digital en sentido amplio, sobre todo las redes sociales, y menciona a Facebook, y los sitios para compartir videos como YouTube, los medios también bajo influencia de estados extranjeros. Y bueno, va mencionando, el problema es claramente las elecciones y cita los casos que han ocurrido hasta el momento que son los conocidos, Estados Unidos… y plantea una regulación muy minuciosa sobre los procesos electorales y establece un sistema que cuando se llama a elecciones comienza a actuar un organismo de control, y este organismo de control tiene amplias facultades de intervención. Y cuando recibe denuncias también pueden aplicar sanciones, multas. Es decir, el control a los fines de evitar distorsiones de la voluntad electoral. Y también tiene otras disposiciones sobre la relación entre el proveedor -alguno de estos, por ejemplo, Facebook o Twitter- y el usuario. Esto es en el campo del derecho del consumidor, que también contempla esta ley.
 
Crea un Consejo Superior Audiovisual. Este es otro tema que hay que estudiar: si es necesario o no tener un Consejo Superior Audiovisual con amplias facultades. “Puede negarse a cerrar un convenio previsto para la distribución de un servicio relevante de la competencia en Francia si esta prohibición es necesaria para salvaguardar el orden público o si está en vista de su naturaleza misma la programación de una cadena que pueda influir sobre el orden público”. Conceptos amplios, temas que merecen nuestra reflexión.
 
Habla de cuando se puede afectar los intereses fundamentales de la Nación o participar en campañas de desestabilización de las instituciones. Creo que hay que recordar muchas cosas que han sucedido en la historia para no volver a repetirlas, y el legislador muchas veces vive en tiempo presente y no registra las experiencias históricas. Por más que sea en internet, hay cuestiones que hay que tener en cuenta, como lo vamos a ver.
 
Y para no extenderme más, en Italia, este año, hay un proyecto que también es distinto porque se enfoca más en cuestiones que… obviamente las cuestiones electorales también preocupan. Fíjense, dice: “La asamblea parlamentaria del Consejo de Europa ha observado con preocupación el número de campañas mediáticas online apuntadas a engañar a sectores de la opinión pública a través de información intencionalmente tendenciosa o falsa, la instigación al odio contra individuos solos y también ataques personales a menudo en el ámbito político, dirigidos a minar el regular desenvolvimiento de los procesos democráticos”. Fíjense qué enunciación grave: estamos en presencia de un tema muy, muy relevante.
 
Aquí también, en Italia, la idea es la aproximación penal, la sanción penal. Pero lo que es, sin extendernos mucho, lo que es interesante es qué tipo penal. Fíjense, dice: “Publicación y difusión de noticias falsas exageradas o tendenciosas, actos de alteración del orden público a través de plataformas informáticas, cualquiera que publique o difunda a través de plataformas informáticas destinadas a la publicación o difusión de información al público con medios prevalentemente electrónicos o de otros modos telemáticos, noticias falsas, exageradas o tendenciosas que resguardan datos o hechos manifiestamente infundados o falsos, es sancionado si el hecho no constituye un delito más grave con una multa”, que la fijan.
 
Son todos tipos penales muy amplios. “Difusión de noticias falsas que puedan despertar pública alarma o engañar sectores de la opinión pública”. Todos estos términos luego son interpretados, a veces en un sentido que nos parece correcto y a veces no. Hay que tener en cuenta todas estas temáticas. Hay muchas propuestas hoy de legislación, yo elegí estas porque son las más cercanas. Primero la de Indonesia, porque fue la que más se aplicó, la más controvertida. Y los modelos de Francia, Alemania e Italia, porque son cercanos culturalmente a nuestras tradiciones.
 
No voy a dar una opinión firme en este tema sino más bien explicar cuáles son los problemas. Primero: lo que tiene que quedar en claro es que lo que se protege siempre es la libertad de expresión. Es un principio tradicionalmente aceptado en todos los sistemas jurídicos. Dentro de la libertad de expresión puede haber informaciones correctas o informaciones falsas, que también están protegidas por la libertad de expresión. Porque se pueden equivocar, puede haber expresiones duras, críticas acendradas. En la Corte Suprema hemos dictado varios fallos diciendo que el derecho de crítica está protegido aun cuando sea ofensivo, aun cuando haya equivocaciones.
 
Entonces, cuidado con la definición de noticia falsa. Porque si uno define que una noticia es falsa porque no se corresponde con una serie de hechos, esta valoración es compleja. Y puede transformarse en una solución contraria a la libertad de expresión. Porque una vez que se abren estas puertas, o se establece un organismo que pueda vigilar, es una puerta que no se cierra. Normalmente se amplía, se van buscando analogías.
 
Entonces, lo primero es reconocer la existencia de la libertad de expresión y que esto incluye tanto la protección de las noticias que son fundadas, correctas, como las noticias que no lo son. Y esto ocurre en cualquier ámbito. Tanto sea en el ámbito físico o en el digital. El problema del ámbito digital es un problema que tiene características propias que son para el derecho muy complejas, porque es un ámbito en el cual no hay un espacio y no hay un tiempo. Las categorías básicas sobre las cuales se construyó el derecho, que es el derecho de los estados, es un territorio que en internet no hay y es un tiempo que en internet es distinto. Entonces, las categorías espacio-tiempo son distintas, pero eso no impide que grandes temas y principios sean aplicables analógicamente, tanto en el espacio físico como en internet. Entonces, si decimos que en el espacio físico hay libertad de expresión, lo mismo ocurre en internet. Y si en el espacio físico decimos que la libertad de expresión incluye también la equivocación o la noticia falsa, también debemos decir, a nuestro juicio, lo mismo en el espacio digital. Y estas legislaciones, que definen en el espacio digital la noticia falsa, habría que ver si son aceptadas en el espacio físico. Siempre hay una cuestión de analogía que comparar. Y si no la admitimos en el espacio físico, por qué la vamos a admitir en el espacio digital. Cuidado con estas cuestiones, que pueden llegar a ser muy problemáticas.
 
El segundo aspecto es: dónde debemos enfocarnos. Es decir, dónde está el tema que debemos controlar. En realidad, no se trata de las redes sociales en general, porque las redes sociales en general no presentan muchos problemas. El problema es el control que se hace sobre las redes sociales. Es decir, el problema está centrado en la capacidad que tienen distintas empresas de monopolizar o de condicionar, o de guiar, o de controlar dentro de internet. Entonces, la mayoría de las legislaciones que han estudiado el tema y de los autores que lo están desarrollando se enfocan en este problema. Entonces, no es un problema general de libertad de expresión; es un problema de control de los operadores de internet y cuál es su funcionamiento.
 
Entonces cambia totalmente la visión, porque lo que se empieza a estudiar es: estos operadores de Internet en realidad están afectando la libertad de expresión. Porque al condicionar, al afectar, al guiar, ahí hay una serie de relaciones que verificar. La primera es: como operadores dentro de internet, deben tener un trato similar al que tienen los operadores dentro de un mercado físico, es decir, tiene que haber regulaciones. Hacia eso va una buena parte de la legislación. Es decir, qué tipo de exigencias tienen que tener Facebook, Twitter, Google, todos los operadores de internet. Aquí hay una cantidad de capítulos que no tienen que ver directamente con las fake news pero sí con el modo en el cual se producen, que es la regulación de la propiedad intelectual, la regulación de la participación en el mercado digital. Es decir, acá lo importante es entender las analogías. Nosotros tenemos regulaciones en el mercado físico del derecho a la competencia y también se están comenzando a desarrollar en el mercado digital. Entonces hay todo un capítulo de ese tipo.
 
El otro capítulo es la relación entre estos operadores y los usuarios. Porque así como en el mundo físico nosotros tenemos regulaciones de derechos del consumidor y de la protección de datos personales, que establecen una tutela de la privacidad o del dato personal o de la intimidad, lo mismo tiene que ocurrir en internet. Y este es un capítulo que algunas de estas legislaciones ya lo contienen. Es decir, enfocarse en la necesidad de proteger la intimidad, que no es un tema menor. Hoy, todos los ciudadanos del mundo están expuestos a una penetración muy fuerte sobre su intimidad. Hoy cualquier chico que comienza su vida desde muy pequeño tiene todos sus datos personales, y cuando tenga 30 años o 40 o 50 toda su vida va a estar en internet. Todo. Las fotos del cumpleaños, la historia clínica, los hoteles que visitó, los mensajes que mandó a los amigos, a la novia. Todo. El trabajo, sus enfermedades. Y ahí viene una secuencia de control muy fuerte. Porque ese paquete de informaciones -las páginas web que visitó, todo-, eso tiene un valor. Y ahí viene un problema: cómo regulamos eso. Porque si tiene un valor, ahí hay conflictos.
 
El primer problema que hay es si esa información puede ser usada y vendida a terceros. Por ejemplo: un chico que dentro de 20 años vaya a contratar un seguro lo va a pagar más caro, porque la historia clínica que tiene el seguro -que compró en una base de datos personales- le indica que se va a enfermar dentro de dos años, o que alguna vez tuvo depresión, o que de acuerdo al código genético se va a enfermar dentro de cinco años, entonces va a pagar una prima más cara. Y así va a ser la vida privada: controlada. Entonces, ahí hay una barrera muy fuerte que hay que regular..
 
El otro aspecto es si esta cantidad de información que tienen los grandes proveedores puede condicionar la conducta humana, hay que prestar atención. Porque hoy es muy claro cuando se dice que pueden guiar en las elecciones. Fíjense que todos los usuarios de todas estas redes están orientados cada vez más hacia posiciones extremas. Es decir, lo que desaparece es el entrecruzamiento de posiciones encontradas. Si uno ve películas en Netflix le aparece: “Usted vio estas películas, entonces le conviene seguir viendo éstas”. En el grupo de Facebook le dicen: “Bueno, siga a este grupo”. Y en las páginas que visitó, “siga a estas páginas”. Entonces, estos perfiles hacen que no haya contraposición, y esto influye fuertemente, por eso se dice que condicionan: porque influye fuertemente en las tendencias. Entonces la tendencia es: cada uno chequea lo que ya tiene, reafirma posiciones y se endurecen esas posiciones.
 
Hay un autor norteamericano, Cass Sunstein se llama, que escribió un libro que se llama “Going to extremes” y que yo siempre lo cito, porque él dice que esto conduce a los extremos. Entonces aquí, por esa razón, hay una regulación en materia electoral. De lo contrario la gente es conducida a posiciones extremas. Y tenemos muchos ejemplos hoy en el planeta de que esto está sucediendo. Entonces, este es un tema que sí hay que regular y es importante.
 
Bueno, hay muchísimos otros aspectos, y no me quiero extender. Solo las técnicas. Las técnicas son: o la prevención o la sanción. Y la sanción es penal o civil. Siempre es mejor la prevención. Entonces, las técnicas que tiene la ley alemana son muy buenas en ese sentido. Es mejor obligar a que detecte el proveedor, desarrolle tecnología, ¿porque aquí cómo se soluciona este problema? Con más tecnología.
 
Entonces, hay que establecer una estructura de incentivos para que el que administre una red, desarrolle tecnología para controlar las fake news. Y la ley alemana establece, por ejemplo, cantidades de usuarios y si uno tiene una cantidad que supera los 2 millones tiene necesidad, obligación, de desarrollar una tecnología. Esa tecnología tiene que advertir de manera inmediata cuando hay una cantidad de trolls o de informaciones falsas. Y prevenir, detectar, frenarla. Esa es la manera más práctica y efectiva que tenemos hoy, porque la sanción penal lleva tiempo y es muy difícil de aplicar.
 
Y hay una última alternativa, que es el arbitraje imparcial, que también es interesante porque cuando hay canales, flujos de noticias falsas, muchas veces es difícil establecer si son falsas o no, o si afectan o no al orden público. Entonces, ahí es importante establecer arbitrajes que pueden ser institucionales, organizaciones profesionales, que puedan establecer criterios, y aquí volvemos siempre al inicio. La profesionalidad sigue teniendo un valor importante, porque quien va a establecer cuáles son los estándares para juzgar si las noticias son falsas o si las noticias son desviadas o si hay una tendencia destinada a condicionar… Bueno, ¿acá qué se requiere? El buen juicio, y el buen juicio se genera a través de la profesionalidad. El estándar de la profesionalidad es clave y en esto hay bastantes trabajos que lo resaltan y creo que es ahí donde organizaciones como ésta encuentran su lugar. No en ser desplazados por la tecnología, sino encontrar el lugar para regular la tecnología.
 
El arbitraje profesional es uno de los medios que la legislación puede tener cuando se trata de grandes corrientes de opiniones falsas que inevitablemente están sucediendo.
 
Lo podemos llamar a esto “el lado oscuro de la república”. Es decir, los sistemas republicanos están siendo fuertemente afectados por esto, fuertemente. Entonces, no es momento de ignorarlo, es un momento de reaccionar y regular.
 
En todos estos aspectos, desde la organización de las redes, los modos en los cuales estas empresas funcionan, los modelos de negocios que utilizan, la función del Estado en subsidiarlos o no, la relación de las empresas con los usuarios, la relación de los usuarios con las empresas, los terceros que pueden arbitrar. Y veo que en todo el mundo hoy es un problema y todos los están sufriendo, cualquier persona.
 
Hay un artículo interesante, que es lo último que menciono, que es cómo influyen las redes sobre el propio periodismo. Porque en la Universidad de Yale se hizo un debate y allí se decía que también “influye sobre el periodismo porque cuando un periodista es crítico es atacado fuertemente y esto también en realidad puede afectar la libertad de expresión”. Entonces, es un tema que afecta a todos los sectores y creo que más que pensar en la nuevas tecnologías… avanzamos mucho en las tecnologías pero retrocedemos en los valores. Lo que importa es seguir sosteniendo los mismos principios y los mismos valores que hicieron que la sociedad humana sea posible en los nuevos campos digitales o en otros que van a ir surgiendo.
 
Porque, si uno se fija, internet hace muy poco que está y dentro de pocos años vamos a tener otro sistema totalmente diferente. Fíjense ustedes, hace poco leí un libro que muchos de ustedes habrán visto que es referido a la aceleración del cambio tecnológico, cómo no es solo una evolución: es una dislocación. Es decir, estamos saltando a sistemas diferentes.
 
Del celular por ejemplo, hace muy poco tiempo que apareció y hoy en todo el planeta hay gente usando el celular todo el día, toda la noche, durante las vacaciones y durante el trabajo. Es decir, se ha logrado una tecnología adictiva a nivel global. Esto es algo que realmente nos tiene que hacer pensar. Pero los principios y los valores siguen siendo los mismos. ¿Cómo el derecho protege la intimidad? ¿Cómo se protege el mercado? ¿Cómo se protege la libertad de expresión?
 
No ha cambiado demasiado en los últimos cien años y creo que eso es lo que tenemos que tener en claro, siempre. El tema es desarrollar técnicas para que esto sea aplicable en las nuevas tecnologías.
 
Muchas gracias.
 
 

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