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Lo que hay que tener en cuenta ante intimaciones por exceso de velocidad

A través de un comunicado, el gobierno provincial informó que los controles de velocidad solo son legalmente procedentes y por lo tanto, motivantes de un acta de infracción y posterior inicio de una causa por exceso de velocidad, en tanto y en cuanto los elementos de medición, equipo o sistema de radar, se encuentren homologados acorde a las normas legales en vigencia y además, con una serie de requisitos que significa la colocación de conos y otras señalizaciones en los lugares donde se está desarrollando el control.
 
Teniendo en cuenta la importante recepción de distintas consultas respecto al recibo de notificaciones de otras jurisdicciones del país en donde se consigna fotografías de los vehículos presuntamente infractores, se informa a la población el derecho a oponerse al procedimiento en tanto y en cuanto no se hayan cumplimentado las normas legales vigentes y las reglamentaciones específicas dictadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
 
Asimismo, existe el derecho de ser notificada de un acta de infracción en otra jurisdicción, que todas las actuaciones y los trámites se desarrollen ante la autoridad de juzgamiento correspondiente a su domicilio real, en tanto y en cuanto la misma se haya labrado a más de 60 kilómetros de distancia del domicilio real.
 
Ello se consigna expresamente en la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Vial y es de obligatorio cumplimiento por todas las autoridades, sean ellas nacionales, provinciales y municipales, tanto de constatación como de juzgamiento. A los fines prácticos, ni bien se recibe una notificación de esas características se debe remitir por fehaciente (perfectamente carta documento o telegrama con aviso de entrega) consignando el rechazo al acta en virtud de no cumplir los procedimientos correspondientes a la utilización del radar, como así también que se podrá ejercer el derecho de ser juzgado por la autoridad de juzgamiento correspondiente a su domicilio real, firmando dicha notificación el destinatario del acta de infracción.
 
El Ministerio de Seguridad de la Provincia, al respecto, pone a disposición de la comunidad sus servicios de información para responder a las inquietudes o aclaraciones sobre el tema. Los interesados podrán ofrecer su informe a la Línea Comunitaria 0800-222-1703 o a la Dirección General de Seguridad Vial mediante mail a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  y se asesorará sobre el cumplimiento de la Ley.

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