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Investigarán a Abal Medina por un spot de Fútbol Para Todos

A pesar de que Juan Manuel Abal Medina fue sobreseído por la jueza María Servini, la Cámara Federal revocó la medida y ordenó llevar adelante una serie de pruebas para establecer si el actual senador nacional incurrió en malversación de fondos públicos. Es en el marco de la causa iniciada por el Grupo Clarín por un spot que se emitió en "Fútbol Para Todos"  donde calificaban a la empresa como “una verdadera cadena nacional ilegal”.
 
A pesar de que el ex jefe de Gabinete fue sobreseído dos veces por esa misma causa, la Sala I de la Cámara Federal, integrada por los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, aseguró que la decisión fue prematura y encomendó la realización de una serie de medidas. La investigación, que comenzó con una denuncia realizada el 6 de marzo de 2014 por el abogado Jorge Carlos Rendo, en representación del Grupo Clarín, busca determinar si el legislador incurrió en malversación de fondos públicos.
 
En ese sentido, la denuncia sostiene que el 22 de septiembre de 2012, durante "la emisión del Programa Fútbol para Todos (en adelante FPT) y previo al partido por el Torneo Inicial entre San Lorenzo y Vélez Sarsfield", se había difundido un spot en cual se calificó al Grupo Clarín como “una verdadera cadena nacional ilegal”, que “se niega a todo” e “ignora a los tres poderes de la democracia”.
 
Asimismo, la denuncia sostuvo que “el entonces Jefe de Gabinete, Lic. Abal Medina -posiblemente con la anuencia o participación de otros funcionarios- había desviado fondos del presupuesto nacional para financiar un spot publicitario en el que se denostaba a dicho grupo de medios“. Sin embargo, el juez Sebastian Casanello consideró que la elaboración del spot y su difusión no había ocasionado gasto alguno para el Estado Nacional y sobreseyó a Abal Medina, pero la querella apeló, la Sala II revocó la decisión y pasó el caso a Servini, quien lleva la causa Fútbol para Todos.
 
Por su parte, la magistrada hizo más medidas, pero llegó a la misma definición de sobreseimiento, a raíz de lo cual llegó a instancia de revisión por los jueces Bruglia e Irurzun que ahora volvieron a rechazar la desvinculación de Abal Medina en el caso. “Consideramos que el temperamento dispuesto por la Juez de Grado luce prematuro, teniendo en cuenta que aún restan dilucidar determinadas cuestiones que resultan dirimentes para arribar a una adecuada reconstrucción del suceso pesquisado”, se sostuvo.
 
Los camaristas consideraron que era “imprescindible averiguar en qué condiciones fue aprobado el ‘spot’ que cuestiona el denunciante, pues si -como revelan los elementos apuntados- la afectación de fondos o recursos estatales para la difusión de aquellos está supeditado a que su contenido reúna determinadas características, entonces cabe esclarecer cómo y dónde se evaluó que este caso, dado su especial tenor, encuadraba en tales supuestos o debe perderse de vista que, independientemente del perjuicio que pudo haber ocasionado a un particular, dicho comportamiento supondría la afectación del normal funcionamiento de la Administración Pública“.

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